CENTRO DE INFORMACIÓN JUDICIAL AHORA EN TELEGRAM
SUSCRIBITE A NUESTRO CANAL Y RECIBÍ LAS ÚLTIMAS NOTICIAS
CENTRO DE INFORMACIÓN JUDICIAL AHORA EN TELEGRAM
SUSCRIBITE A NUESTRO CANAL Y RECIBÍ LAS ÚLTIMAS NOTICIAS
La Sala II de la Cámara Civil y Comercial Federal rechazó este jueves un planteo para que, por medida cautelar, se deje sin efecto la decisión de un juez en lo Contencioso Administrativo Federal por la que había suspendido las funciones de todos los directores de Telecom Argentina que fueron nombrados por Telecom Italia.
En el caso, el pasado 8 de marzo, el Juzgado en lo Contencioso Administrativo Federal Nº 6 emitió una resolución fundada en el incumplimiento de la cautelar por él dictada, en la cual se dispuso la suspensión del ejercicio de los derechos políticos que corresponden a Telecom Italia y Telecom Internacional y de las funciones de los directores designados a instancias de esas empresas en el grupo Telecom Argentina.
Así, había ordenado la suspensión inmediata de todas las convocatorias a reuniones de directorio y/o asamblea efectuadas por los directores designados por Telecom Italia, e intimado al presidente de Telecom Argentina, Enrique Garrido, a que cumpla con aquella medida cautelar, entre otras cuestiones.
Para la Cámara Civil y Comercial Federal, aquel Juzgado en lo Contencioso “persiste en el dictado de resoluciones que no hacen más que desvirtuar la jurisdicción de este Tribunal respecto de las causas vinculadas con la operación Telco, pese a que la Corte Suprema de Justicia de la Nación ya solicitó la remisión de las actuaciones principales a las que accede el nuevo decisorio, a fin de dirimir las cuestiones de competencia suscitadas en los diferentes expedientes judiciales vinculados con esa operatoria”.
Agregó que la cautelar por la cual se suspendió a los directores “colisiona con las resoluciones adaptadas por esta Sala en el marco de la citada operatoria”.
Ahora, si bien existe una colisión entre lo decidido por la Sala y las resoluciones dictadas por el juez en lo Contencioso Administrativo, “la concesión de las medidas cautelares solicitadas por el actor implicaría una revisión de los decidido por otro magistrado del cual este tribunal no es alzada y sin recurso”.
En consecuencia, la cámara rechazó el dictado de las medidas cautelares y decidió elevar la causa a la Corte a fin de que el Máximo Tribunal dirima el conflicto de competencia.