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    Sentencias en lenguaje claro

    Recomendaciones y experiencias del juez Guillermo González Zurro, titular del juzgado nacional en lo civil Nº 109
    Sentencias en lenguaje claro

    Un estante completo en la biblioteca del despacho del juez civil Guillermo González Zurro está destinado a publicaciones sobre uso del idioma y el empleo del lenguaje claro. 
     
    La cocina de la escritura, del catalán Daniel Cassany; Para escribir bien en español, de María Marta García Negroni, Point taken: how to write like the world’s best judges (“cómo escribir como los mejores jueces del mundo”), se agrupan para darle fuerza a un estilo de escritura que crece. 
     
    El último de estos títulos recopila experiencias (anglosajonas) inspiradoras en la materia. Pero la colección va mucho más allá e incluye manuales, ensayos y diccionarios, como el del Habla de los Argentinos y el Panhispánico de Español Jurídico. Se trata de un amplio abanico de obras que, sumadas a otras que lo acompañan en su domicilio, conforman una vasta bibliografía sobre el tema, fuente de consulta diaria para el magistrado.
     
    Redactar sentencias claras se ha convertido en una obsesión para González Zurro. Interesado en la relación entre lenguaje y derecho desde que inició su carrera —su tesis doctoral analiza el uso de metáforas en fallos de la Corte Suprema—, integra el comité técnico de la flamante Red Argentina de Lenguaje Claro, que reúne a representantes de los tres poderes del Estado; y coordina la línea de lenguaje claro del proyecto de investigación “Lectores para la Justicia”, de la Universidad de Buenos Aires. 
     
    En cada resolución que dicta, el juez intenta poner en práctica estos conceptos y reflejar la búsqueda de un cambio de paradigma. “Los abogados estamos acostumbrados a escribir con el dialecto propio del mundo del Derecho, oscuro y hermético para el ciudadano común”, evalúa, y  explica que su mayor esfuerzo radica en “mirar con ojo crítico” cada sentencia. Pulirla, corregirla y revisarla hasta obtener un texto que respete “el derecho del justiciable a la comprensión”. 
      
    Ejes de trabajo
    Los ejes de su método de trabajo los resumió en un artículo titulado “Sentencias y lenguaje claro”. Allí, González Zurro sostiene que “el acceso a la justicia comprende el derecho a la información en lenguaje claro” y propone “expandir los límites herméticos del lenguaje judicial, cerrado a especialistas y excesivamente formal”. 
     
    El objetivo, afirma, “es una justicia más abierta, más accesible a los ciudadanos, a los usuarios”. Advierte, además, que el lenguaje claro no es sinónimo de fácil: “Mantiene la dificultad de los problemas propios del Derecho, no suprime ninguna información esencial, es preciso. Pero todo ese contenido se intenta comunicar de una manera más comprensible, más legible y clara”.
     
    El camino hacia la construcción de fallos más claros no sólo implica modernizar la jerga o poner el foco en las palabras a utilizar. El diseño y la estructura del documento, el uso de recursos gráficos y elementos de edición —cuadros, notas al pie, subtítulos—, la extensión de oraciones y párrafos, y hasta la tipografía elegida repercuten en la claridad de la pieza. 
    En ese sentido, abarcando múltiples planos y ejes de acción, estas son algunas de las propuestas que resume el magistrado para dictar sentencias que, sin negar a la complejidad del lenguaje legal, permiten una mejor comprensión por parte de sus destinatarios finales.  
     
    1. Sintaxis: volver a lo básico, sujeto-verbo-predicado. Evitar las oraciones largas, sin puntos y llenas de subordinadas, con guiones y paréntesis en exceso, donde el lector tiene que ir y venir para seguir el hilo. No abusar del gerundio, en general mal empleado (“habiendo”, “surgiendo”, colocados al inicio de la oración).
     
    2. Desarrollar una idea por párrafo. Idealmente, cada párrafo debería componerse de varias oraciones cortas. Sobre la extensión del párrafo, el magistrado aconseja un máximo de 15 líneas; y no más de 20-25 palabras por oración. 
     
    3. En lo que respecta al léxico, reemplazar palabras arcaicas por otras más actuales (hojas en vez de fojas, por ejemplo), no abusar de abreviaturas y evitar, en lo posible, los latinismos y otras expresiones de origen extranjero. Eliminar los gerundios tradicionales: “No hay Resultandos ni Considerandos sino Antecedentes y Fundamentos de hecho y de derecho”, dice.
     
    4. En lugar de emplear las nominalizaciones (sustituir verbos por sustantivos), ir directamente a su verbo: en vez de "dar cumplimiento", cumplir; en vez de "practicar la notificación", notificar. 
     
    5. No abusar de la voz pasiva, “que no es ingenua psicológica ni retóricamente, pues permite ocultar al agente”, subraya el juez. No genera el mismo efecto decir ‘el auto fue chocado’ que ‘Fulano chocó el auto’; ‘la sentencia fue apelada’ que ‘Fulano apeló la sentencia’.
     
    6. En cuanto a los tiempos verbales, evitar el futuro imperfecto del indicativo (“el que causare, negare, hubiere, alegare”), ya en desuso. En su lugar, recurrir al presente del subjuntivo (“el que cause, niegue, haya, alegue”).
     
    7. Estructura. “En lugar de escribir una larga sentencia toda de corrido, podemos trabajar en su diseño”, propone el juez, que utiliza un procesador de texto informático más completo que los convencionales para trabajar con diferentes módulos y funciones tendientes a organizar mejor el documento. Además, insta a subdividir cada párrafo con numeraciones; utilizar títulos que separen y muestren en forma rápida la información principal como puntos temáticos; y nombrar a cada parte por su nombre y apellido (no llamarlos “el actor”, “el demandado”). 
     
    8. Las declaraciones de los testigos o transcripciones literales de los documentos tipearlas en cursiva y en bloque separado. Cada partida resarcitoria lleva su propio título y numeración. Las cantidades (reclamos, indemnizaciones, honorarios) van sólo en número y no en forma duplicada de números y letras. El fallo también sigue el mismo criterio: se separa cada parte de la decisión en una oración numerada distinta, sin que esté todo de corrido.
     
    9. Incorporar las citas de doctrina y de jurisprudencia como notas al pie, en vez de ponerlas en el texto entre paréntesis. Esto, sostiene, permite una lectura más ágil. 
     
    10. Tipografía. “Una fuente legible redunda en beneficio del lector e invita a leer”, escribe el magistrado en su artículo. Recomienda utilizar fuentes serif (que cuentan con terminaciones en cada letra), como la Garamond o la Century Schoolbook, de tamaño 12 como mínimo. Nunca las sans serif, como la Arial, ni las monoespaciadas, que ocupan el mismo ancho para cada letra.
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