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    Lecciones de redacción: signos de puntuación IV

    En el documento adjunto encontrará la cuarta lección sobre signos de puntuación del módulo 4 de redacción para magistrados y funcionarios judiciales. El envío de la lección por correo electrónico se realiza todos los viernes

    Lecciones de redacción para magistrados y funcionarios judiciales

    Lección Nº 12
    (Módulo Nº 4: signos de puntuación)

    Nota: Esta lección es la última del año. Reanudaremos el envío de lecciones en la primera semana de enero del 2010.


    En esta lección analizaremos el uso de los dos puntos.

    Dos puntos

    Representan una pausa en el discurso que tiene como finalidad llamar la atención sobre lo que sigue. Esta pausa es menor que la exigida por el punto. Se escriben unidos a la palabra que los antecede, y separados por un espacio de la palabra o signo que viene a continuación.


    Usos de los dos puntos

    Se utilizan en los siguientes casos:

    a) Delante de una enumeración explicativa.

    En este caso hay que considerar tres elementos: las primeras afirmaciones, los datos de la pericia y los informes añadidos con posterioridad.

    b) Para cerrar una enumeración e indicar que se va a precisar o comentar lo que ella representa. Después del signo debe emplearse minúscula, excepto si se trata de una enumeración formada por oraciones independientes.

    La salud, el dinero y el amor: son las tres claves de la felicidad, según el refrán.

    c) Antes de una cita textual en estilo directo. Después de los dos puntos debe utilizarse mayúscula.

    El magistrado dijo: “Es necesario dar publicidad a los procesos”.

    d) En el encabezamiento de las cartas y documentos. Después de los dos puntos, se debe escribir con mayúscula y en renglón aparte.

    De mi mayor consideración:
                                                 Me dirijo a usted a fin de informarle las tareas…

    e) Detrás de los vocativos con los que se inicia el texto de un discurso o de una conferencia.

    Señoras y señores:

    f) Cuando a una o varias proposiciones le sigue otra que es aclaración, explicación, causa, consecuencia, resumen o conclusión de las que anteceden. 

    Las partes intercambiaron opiniones y discutieron durante unas horas: no hubo acuerdo.

    g) Cuando se introduce una ejemplificación detrás de ciertas expresiones: por ejemplo, a saber, verbigracia.

    Algunos de las ciudades visitadas fueron, por ejemplo: Bahía Blanca, La Plata, Mar del Plata. 

    De todos modos, en estos casos, los dos puntos suelen alternar con la coma.

    Algunos de las ciudades visitadas fueron, por ejemplo, Bahía Blanca, La Plata, Mar del Plata.

    Los dos puntos también pueden aparecer solos, separando la ejemplificación del resto de la oración.

    Se visitaron varias ciudades: en La Plata concurrió la mayor cantidad de gente.

    h) Dentro del discurso jurídico-administrativo, en los documentos oficiales, detrás de verbos como expone, suplica, falla, ordena, certifica, resuelve, manifiesta, etc., escritos con todas sus letras en mayúscula. La primera palabra que sigue a los dos puntos empieza siempre con mayúscula.   

    Este tribunal ORDENA: Que el demandado…

    i) Se emplean para separar las horas de los minutos en la expresión de la hora. No debe dejarse espacio de separación entre los dos puntos y las cifras colindantes: 15:30 h (para esto se usa también el punto).


    Uso incorrecto de los dos puntos
     Los dos puntos no pueden ir precedidos por la conjunción que. Es incorrecto:

    * El magistrado dijo que: “Es necesario dar publicidad a los procesos”.


    Para tener en cuenta:

    (En esta sección planteamos algunos errores o dudas frecuentes en el uso de ciertos términos)

    ¿El juez  dictamina o resuelveResuelve

    Hacer un dictamen es emitir una opinión sobre algo. Si bien el juez desarrolla su punto de vista en los considerandos, su propósito no es solamente dar una opinión, sino resolver.


    Resolutorio

    Es frecuente utilizar esta palabra como sustantivo, pero es un adjetivo. Por lo tanto, se debe emplear resolución, y no resolutorio. Son correctos los usos como adjetivo en, por ejemplo, cláusula resolutoria o condición resolutoria.


    Referencias bibliográficas:

    AA.VV., Talleres de lectura y escritura. Textos y actividades. (Semiología), Buenos Aires, Eudeba, 1998. 

    Belluscio, Augusto C., Técnica jurídica para la redacción de escritos y sentencias, Buenos Aires, La Ley, 2006.

    García Negroni, María Marta, Laura Pérgola y Mirta Stern, El arte de escribir bien en español. Manual de corrección de estilo, Buenos Aires, Santiago Arcos, 2004.

    Hall, Beatriz, Ricardo Santoni y Mirta Stern, Comunicación verbal y escrita. Introducción a la expresión oral y escrita. Aspectos gramaticales, textuales y discursivos del discurso académico, Buenos Aires, L.E.U.K.A., 2000.

    Labrada, Pelayo Ariel, “III.- Los errores más comunes”, en Terminología Forense, http://www.terminologiaforense.com.ar/princip.htm.

    Podlubne, Judith, Expresión escrita (con particular referencia a la redacción de sentencias judiciales), Carrera de Posgrado de Especialización para la Magistratura. Facultad de Derecho y Ciencias Sociales del Rosario. Pontificia Universidad Católica Argentina.

    Real Academia Española, Diccionario Panhispánico de Dudas, Madrid, Espasa-Calpe, 2005.


    Consultas:

    Si quiere realizar consultas o desea hacer sugerencias, puede enviar un mensaje a la dirección de correo: sgaldos@csjn.gov.ar.


    Recomendación:

    Cuando tenga dudas de orden gramatical o necesite información sobre el uso de alguna palabra o expresión, le recomendamos consultar en Internet el Diccionario panhispánico de dudas. Se encuentra disponible en la siguiente Página Web: http://buscon.rae.es/dpdI.


    Responsable Lecciones de redacción
    Sebastián Galdós (Licenciado en Letras - UBA)
    sgaldos@csjn.gov.ar
    Centro de Información Judicial
    Corte Suprema de Justicia de la Nación
    Tel. (54) 11 4370-4600 int. 4576
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