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La Corte Suprema de Justicia de la Nación desestimó la queja presentada por la defensa de Luis Abelardo Patti, por lo cual quedó firme la decisión de la Sala II de la Cámara Federal porteña, que ordenó la realización de un juicio oral en el que deberá aclararse la participación de Patti en el supuesto encubrimiento de dos prófugos, Jorge Granada y Luis Arias Duval, quienes tenían pedido de captura por la desaparición de un grupo de militantes montoneros en 1980.
La resolución del Máximo Tribunal obedece a que el planteo interpuesto por la defensa de Patti no había cumplido con el requisito de fundamentación autónoma. Anteriormente, la Sala II de la Cámara de Casación consideró que la apelación no se dirigía a una sentencia definitiva y también había desestimado la queja.
En los autos principales, el juez federal a cargo del Juzgado N° 7 de la ciudad de Mar del Plata, procedió a cambiar la calificación del hecho que se le imputaba a Luis Abelardo Patti –encubrimiento- por uno más grave, y la defensa, que pretendía se declarara prescripta la acción penal, apeló esa decisión.
La Sala II de la cámara federal porteña declaró abstracta la cuestión y decidió que lo actuado era válido: declaración indagatoria, prisión preventiva, requerimiento de elevación y el auto de clausura. Y por lo tanto, ordenó la realización del juicio oral para aclarar la participación de Patti en los hechos mencionados.
Informe de Prensa Nº 81 Buenos Aires, 9 de junio de 2009