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Al considerar que no estaba dirigido contra una sentencia definitiva o supuesto equiparable (art. 14 de la ley 48), la Corte Suprema de Justicia de la Nación desestimó un recurso extraordinario deducido por la defensa del ex titular de la SIDE Fernando De Santibañez, en el marco de una causa que se le sigue por la presunta comisión de los delitos de cohecho y malversación de caudales públicos.
Con la decisión tomada por el Máximo Tribunal, quedó en pie el pronunciamiento de la Sala I de la Cámara Nacional de Casación Penal, que había desestimado el recurso de queja por casación denegada y, en consecuencia, mantuvo la resolución de la Cámara Federal porteña, que no hizo lugar a la recusación del magistrado titular del Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional N° 3, doctor Daniel Rafecas, articulada por la defensa de De Santibañez.
Conformaron la mayoría los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena, Highton de Nolasco, Enrique Petracchi, Juan Carlos Maqueda y Raúl Zaffaroni. La ministra Carmen Argibay, en tanto, postuló la desestimación de la queja porque el planteo que le había dado origen. era inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).
Informe de Prensa Nº 74 Buenos Aires, 2 de junio de 2009