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La Sala III de la Cámara Nacional de Casación Penal hizo lugar a un recurso de casación presentado por la defensa de Luciano Benjamín Menéndez, ex jefe del III Cuerpo de Ejército, contra el pronunciamiento del Tribunal Oral Federal N° 1 de Córdoba que le quitó el beneficio de prisión domiciliaria al ex militar.
La medida es en el marco de la causa “Brandalisis”, donde aquel tribunal oral condenó al ex militar por delitos de lesa humanidad, en julio de 2008, revocó su prisión domiciliaria y ordenó su inmediata detención y alojamiento en una cárcel común.
Para Casación Penal, la decisión de revocar aquel beneficio es equivocada, "pues hasta que el fallo no adquiera firmeza, los jueces no pueden variar las circunstancias existentes (en este caso, revocando la morigeración del encarcelamiento cautelar). De esta manera, hay que retrotraerse a la situación anterior -prisión preventiva cumplida en su domicilio- hasta que la sentencia quede firme".
Por otro lado, también consideró que Menéndez cumple con al menos uno de los supuestos que prevé la ley para obtener el beneficio de la prisión domiciliaria, esto es que la persona sea mayor de 70 años.
En tanto, Casación Penal también dispuso anular la resolución que revocó el beneficio de detención domiciliaria de Luis Alberto Manzanelli y de Carlos Alberto Vega, también condenados en la causa "Brandalisis".