X
X
/
    corte suprema de justicia de la nación cámara federal de casación penal sala iv cámara federal de casación penal cámara federal de casación penal régimen de subrogancias cámara federal de casación penal cámara federal de casación penal cámara federal de casación penal tribunal oral en lo penal económico n° 3 cámara federal de casación penal juzgado federal n° 3 de mar del plata cámara nacional de apelaciones en lo criminal y correccional cámara nacional de apelaciones en lo criminal y correccional
    X
    corte suprema de justicia de la nación cámara federal de casación penal sala iv cámara federal de casación penal cámara federal de casación penal régimen de subrogancias cámara federal de casación penal cámara federal de casación penal cámara federal de casación penal tribunal oral en lo penal económico n° 3 cámara federal de casación penal juzgado federal n° 3 de mar del plata cámara nacional de apelaciones en lo criminal y correccional cámara nacional de apelaciones en lo criminal y correccional
    X

    Lesa humanidad: suspenden audiencia en causa por sustracción de un menor

    Estaba prevista para este lunes, ante la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba. Fue por un inconveniente de salud de uno de los integrantes del tribunal. La reprogramación será informada oportunamente

    Debido a un inconveniente de salud sufrido por uno de los miembros de la Cámara Federal de Córdoba, fue suspendida la audiencia por la causa “Moreno María de las Mercedes s/ denuncia” (Expte. N° 22.594/2012) que estaba prevista para este lunes, informaron desde el tribunal.

    "La reprogramación de la misma será informada oportunamente", se indicó.

    En la audiencia estaba previsto que se escuchen los informes de apelación a la sentencia del 7 de mayo de 2012 proveniente del  Juzgado Federal N° 3 de Córdoba, que llevarán adelante por un lado el Sr. Fiscal general Dr. Alberto Lozada y por el otro las abogadas querellantes Dras Mariana Paramio y María Teresa Sánchez apoderadas de la querellante María de las Mercedes Moreno.

    Mediante esa sentencia, el Juzgado Federal Nº 3 había resuelto declarar la incompetencia de este Juzgado Federal n° 3 por razón de la materia y remitir los presentes a la Justicia de la Provincia de Córdoba para su tramitación.


    El hecho investigado

    Según la acusación, el día 26 de septiembre de 1978, personal policial de la Dirección General de Inteligencia (D2) de la Policía de Córdoba, detuvo a la Sra. María de las Mercedes Moreno, quien se encontraba embarazada y la trasladó al Centro Clandestino de Detención ubicado en Mariano Moreno n° 220, que estaba bajo el control operacional del Área 311, todo lo cual se produjo en el marco de la llamada “Lucha contra la subversión”.

    El 11 de octubre de 1978, Moreno fue trasladada a la Maternidad Provincial para que ese mismo día diera a luz a una niña, la cual el 1 de diciembre de 1978 fue llevada a la Casa Cuna por orden del Juzgado de Menores de 1ra. Nominación de Córdoba, dado que, según este órgano judicial, al tiempo de su alta -10 de noviembre de 1978- los padres de la misma –Moreno y Oviedo (f)- se encontraban detenidos. La menor en ese tiempo no fue anotada en el Reg. de Estado Civil y Capacidad de las personas por lo que era identificada como “la chiquita Moreno”.

    Al año siguiente, el 27 de septiembre de 1979, el titular del mencionado órgano judicial, ordenó el egreso de la menor M. I.  M. de la Casa Cuna en razón de que le habría otorgado la guarda judicial con fines de adopción al matrimonio formado por los esposos O. R. A. y L. D. C.  por lo que esta última inscribió a la niña en el Reg. Civil, con el nombre de M. S. M.

    Mientras tanto, después de haber dado a luz a la bebé, la madre biológica de ésta fue trasladada al D2. Luego, la misma fue alojada en el Establecimiento Penitenciario provincial Buen Pastor y recobró su libertad el 6 de abril de  1979.

    Una vez en libertad, la denunciante junto a dos de sus hermanas concurrió a la Casa Cuna a fin de retirar a la niña, lo que fue impedido por una monja que prestaba funciones en dicha entidad.

    Finalmente, no obstante los trámites de guarda efectuados en el Juzgado de Menores, el 19 de diciembre de 1980 el matrimonio C-A iniciaron las actuaciones “A. M. L. -Sumaria Información-“ ante el Jdo. Civ. y Com. de 25° Nominación de Cba., por la cual habrían procurado inscribir a la niña como hija biológica. Para dicho fin, habrían presentado un certificado médico del Dr. Vicente Antonio Spitale, el cual habría dado cuenta que el 11 de octubre de 1980 atendió a  D.C en un parto natural, por el cual dio a luz a una criatura de sexo femenino. Por último, el 26 de diciembre de 1980 la supuesta madre habría inscripto a la menor en cuestión como su hija biológica con el nombre de M. M. L. A.

     

    30
    Últimos fallos
    Acordadas y resoluciones