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    Anulan resolución que había dado intervención como querellante a quien no podía serlo

    Lo resolvió la Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia. El tribunal dispsuo extender dicha sanción a los actos consecutivos que dependieran de tal legitimación

    El pasado viernes, la Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia declaró la nulidad absoluta -en los términos de los arts. 84 segunda parte, 123, 166, 167 inc. 2°, 168 segundo párrafo y 172, todos del CPPN- de la resolución dictada en la anterior instancia, en cuanto dio intervención en autos como querellante particular a quien no podía serlo -punto 1° de la parte resolutiva del fallo apelado-, extendiendo dicha sanción a los actos consecutivos que dependieran de tal legitimación.

    En tal sentido, además de destacar la absoluta carencia de fundamentos por parte del Conjuez Federal actuante para otorgar la legitimación activa en los términos de los arts. 84 y 123 del CPPN, en la sentencia analizada se advierte una nulidad en los términos del art. 167, inc. 2° en relación a la intervención y capacidad del denunciante para ser tenido como parte querellante, tornándose dicha sanción de carácter absoluto en orden a lo establecido por el art. 168, segundo párrafo dada la violación a la garantía del debido proceso legal.

    Así en el fallo se explicitan los fundamentos por los cuales se aparta del rol de querellante en la causa iniciada por denuncia del mismo, dado su carácter de imputado y procesado en una causa de lesa humanidad, íntimamente vinculada a dicho proceso -denuncia contra Fiscales en ella actuantes-, destacando la incompatibilidad para el cumplimiento de tales papeles en causas linderas.

    La significativa sentencia interlocutoria fue firmada por los Jueces de Cámara Ana Victoria Order, Selva Angélica Spessot y Ramón Luis González; asistidos por la Secretaria Penal Nº 2, doctora Rocío Alcalá.

     

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    Últimos fallos
    Acordadas y resoluciones
    • 1/2025 - Integración en el marco de la causa Nro. FCT 3560/2022/12, caratulada: ?? Incidente Nro. 12 ? imputado: Celestino, Julio Argentino s/incidente de excarcelación? de la Cámara Federal de Apelaciones de Corrientes
    • 5/2025 - Integración en el marco de las causas Nros. FCT 75/2021/26/CA17 y FCT 4093/2024/CA2, de la Cámara Federal de Apelaciones de Corrientes
    • 16302/2025 - Conceder, conforme lo informado en el punto II, la licencia solicitada por la señora secretaria coordinadora de la Oficina Judicial de Mendoza, doctora Amparo GIUFFRÉ, desde el día 09/10/24 al día 15/10/24
    • 16306/2025 - Conceder, de arreglo a lo informado en el punto II, la licencia solicitada por la señora secretaria con funciones en esta Cámara Federal, doctora Gisela Lorena MORICI, el día 04 de octubre del corriente año
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