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    Revocan prisión domiciliaria de un condenado por delitos de lesa humanidad

    Se trata de Humberto Caballero, sentenciado en diciembre de 2010 a 25 años de prisión. La medida fue dispuesta por el juez federal de Resistencia Juan Antonio Piñero, tras recibir un informe de supervisión que detalló “indicios de violencia familiar”

    El juez federal de Resistencia Juan Antonio Piñero revocó provisoriamente el beneficio de arresto domiciliario otorgado a Humberto Lucio Caballero, condenado en diciembre de 2010 a 25 años de prisión por delitos de lesa humanidad.

    El magistrado dispuso el traslado y alojamiento de Caballero a la Prisión Regional del Norte (Unidad 7), dependiente del Servicio Penitenciario Federal.

    Según la resolución, la esposa de Caballero había sido designada como guardadora de su custodia y se dispuso el contralor del Patronato de Liberados que por jurisdicción corresponda.

    En ese marco, agrega, desde el Patronato se informó los incumplimientos por parte del procesado respecto del beneficio otorgado. Precisamente, en el informe de la supervisión realizada el pasado 1º de diciembre en el domicilio de Caballero se indicó que “del relato de los entrevistados surgen indicios de violencia familiar. La esposa refiere que no están comiendo porque él retiene el dinero destinado a los alimentos. Además la esposa manifiesta que recibe maltratos físicos y verbales”.

    Se indica también que la esposa de Caballero manifestó que “es objeto de malos tratos por parte de su tutelado–los que consisten en la falta de medios para el suministro de alimentos, violencia física y verbal- invirtiéndose, en consecuencia, la carga asumida por la Señora… surgiendo de ello que se encontraría sometida a ciertas conductas arbitrarias del beneficiario de la medida, que la privarían de los medios suficientes y necesarios para ejercer dicho control”.

    Ante ello, el juez Piñero señaló que, “a partir del contenido negativo que se desprende del informe de quien tiene a cargo la supervisión del cumplimiento de la medida dispuesta, entiendo que corresponde revocar – provisoriamente- el beneficio de arresto domiciliario oportunamente otorgado al encartado LUCIO HUMBERTO CABALLERO… y disponer –una vez que el mismo sea notificado del presente- su inmediato traslado y alojamiento en la Prisión Regional del Norte (Unidad 7), dependiente del Servicio Penitenciario Federal”.

     

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