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    Rechazan pedido de agravamiento de pena para transportista escolar condenado por abuso sexual

    El Tribunal Superior de Justicia no hizo lugar a los recursos de casación presentados por el Fiscal de Cámara y el Querellante Particular en contra de la sentencia de la Cámara 6ª del Crimen que condenó a un hombre a tres años de prisión condicional

    El Tribunal Superior de Justicia de Córdoba (TSJ) rechazó los recursos de casación presentados por el Fiscal de Cámara y el Querellante Particular en contra de la sentencia de la Cámara 6ª del Crimen que condenó al transportista escolar Marcos Alfredo Pezoa a tres años de prisión condicional por el delito de abuso sexual sin a acceso carnal agravado continuado.

    No obstante, el Alto Cuerpo advirtió, en la sentencia, que Pezoa actualmente se encuentra bajo prisión preventiva por otro hecho de abuso sexual, sin acceso carnal, continuado y que si fuere condenado nuevamente deberá cumplir una pena efectiva. “Con la presente condena el imputado ha agotado toda chance de obtener idéntico beneficio en caso de ser condenado en el proceso en trámite”, sintetizó el TSJ.

    El fallo explica que la determinación de la pena y su modalidad de cumplimiento (efectiva o condicional) configura una potestad discrecional del tribunal de juicio y que sólo el imputado tiene un derecho constitucionalmente garantizado para lograr su aminoración. En cambio, el fiscal y y el querellante (los acusadores), no pueden recurrir para agravar la pena salvo que esgriman errores de derecho, como ocurriría si se fija una pena por debajo del mínimo legal o se condena en forma condicional en contradicción con los requisitos legales. 

    Córdoba, 30 de junio de 2011

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