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    Rechazaron una demanda de Edenor por el cobro de una supuesta deuda a un usuario

    Lo resolvió la Sala II de la Cámara Civil y Comercial Federal. La empresa pretendía ejecutar montos supuestamente impagos. El tribunal indicó que si las facturan posteriores no alertaban sobre la existencia de esa deuda se debe presumir su “inexistencia”

    La Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal revocó un fallo de primera instancia y rechazó una presentación de la empresa Edenor que pretendía ejecutar una supuesta deuda de un usuario.

    En el caso, el usuario había negado la deuda y cuestionó que los montos exigidos por la compañía se habrían originado con anterioridad al pago de una factura que decía expresamente que no existían deudas anteriores.

    En ese sentido, los camaristas Alfredo Gusman, Ricardo Guarinoni y Santiago Kiernan señalaron que “parece claro, al menos con las constancias obrantes en el sub lite, que si la factura posterior nada dice sobre una supuesta obligación anterior, resulta forzoso presumir su inexistencia como tal”.

    A su vez, el usuario adujo que ante una intimación de corte de servicio por la falta de pago de una factura, nada se advirtió sobre la deuda que en este proceso se reclama.

    Los magistrados avalaron esa posición al indicar que “si al mes siguiente no se pagó el servicio, parece elemental que el aviso de corte, que contiene una intimación precisa, debió incluir los conceptos ahora reclamados”.

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    Últimos fallos
    Acordadas y resoluciones
    • 1/2025 - Integración en el marco de la causa Nro. FCT 3560/2022/12, caratulada: ?? Incidente Nro. 12 ? imputado: Celestino, Julio Argentino s/incidente de excarcelación? de la Cámara Federal de Apelaciones de Corrientes
    • 5/2025 - Integración en el marco de las causas Nros. FCT 75/2021/26/CA17 y FCT 4093/2024/CA2, de la Cámara Federal de Apelaciones de Corrientes
    • 16302/2025 - Conceder, conforme lo informado en el punto II, la licencia solicitada por la señora secretaria coordinadora de la Oficina Judicial de Mendoza, doctora Amparo GIUFFRÉ, desde el día 09/10/24 al día 15/10/24
    • 16306/2025 - Conceder, de arreglo a lo informado en el punto II, la licencia solicitada por la señora secretaria con funciones en esta Cámara Federal, doctora Gisela Lorena MORICI, el día 04 de octubre del corriente año
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