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    Se realizó audiencia en Córdoba por la causa "Ceballos"

    En el marco de la causa “'Inc. de falta de acción deducido por Dr. Buteler a favor de Alí Fuad Alí  en la causa 'Ceballos, Juan Miguel y otros s / solicitud', la Sala B de la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba realizó la primera audiencia oral y pública.

    La audiencia   estuvo  presidida por el Dr. Abel G. Sánchez Torres e integraron  el Tribunal  los Dres. Luis Roberto Rueda y Octavio Cortés Olmedo.

    Durante la misma, se escuchó el informe oral de los abogados defensores Dres. José Antonio Buteler defensor del ex fiscal Alí Fuad Alí  y Carlos María Lescano Roqué y Angel Ignacio Carranza  defensores  del ex juez Miguel Angel Puga y del ex fiscal Antonio Sebastián Cornejo quienes solicitaron la prescripción de la causa por falta de acción y por otra parte sostuvieron que  la conducta imputada a sus asistidos no configura un tipo penal susceptible de ser calificado como delito de lesa humanidad.

    Argumentaron que la resolución de primera instancia  adolece de falta de fundamentación .

    Luego de las exposiciones de las defensas  se escuchó el informe oral del Sr. fiscal general subrogante ante el Tribunal Oral N°2, Dr. Carlos Gonella, quien solicitó que se rechacen los recursos presentados por las defensas y se dejen firmes los procesamientos, a la vez que  pidió  al tribunal que solicite al juez de primera instancia que cite a las víctimas de la causa  UP1 Luis  Baronetto, Onetti, Maria Teresa Sánchez, La Merced, Canizzo, Lopez; a los ex policías Luis Eduardo Molina, Carlos Yanicelli y Yamil Yabour y al ministro de Justicia Luis Angulo a prestar declaración en el marco de esta causa.

    A su turno, y luego del cuarto intermedio, informaron en el siguiente orden los abogados querellantes Dres. Juan Miguel Ceballos, Miguel Martinez y  Miguel Hugo Vaca Narvaja.

    Los querellantes solicitaron que sean rechazados los planteos recursivos interpuestos por las defensas  y adhirieron a los planteos del ministerio público fiscal. Por último pidieron al tribunal  que solicite al juez de primera instancia la máxima celeridad para el esclarecimiento de los hechos.

    El Tribunal pasó a cuarto a intermedio para resolver, citando a las partes para el próximo lunes 18 de abril, a las 10.30 hs.


    Antecedentes de la causa

    Las presentes actuaciones tienen su origen en la presentación que formularan los abogados representantes de los querellantes, Dres. Juan Miguel Ceballos y Rubén Arroyo, en la causa caratulada “Alsina, Gustavo Adolfo y otros p.ss.aa. imposición de tormentos agravados y homicidio calificado” en la que se juzgaron  los delitos cometidos en la Unidad Penitenciaria 1 durante la dictadura militar.

    En dicha presentación, los querellantes solicitaron la ampliación del requerimiento fiscal existente en dichos autos a los fines de que sean investigadas las conductas desplegadas por magistrados y funcionarios de la Justicia Federal de aquella época, mencionando a Miguel Angel Puga, Ricardo Haro, Carlos Otero Alvarez, Luis Eduardo Molina, Eudoro Vázquez Cuestas, Antonio Sebastián Cornejo y Ali Fuad Ali.

    Sobre lo peticionado, el señor Fiscal Federal N° 2, Dr. Gustavo Vidal Lascano, promovió acción penal en contra de Miguel Angel Puga –tres hechos-, Antonio Sebastián Cornejo –tres hechos- y Ali Fuad Ali –cincuenta y dos hechos- por la supuesta comisión del delito de Incumplimiento de los deberes de funcionario público (art. 248 del C.P.), y solicitó la desestimación de la denuncia formulada en contra de Carlos Otero Alvarez, Luis Eduardo Molina y Ricardo Haro y la declaración de incompetencia en relación a los hechos ocurridos en la ciudad de Bell Ville.

    Posteriormente, el señor Juez Federal N° 2, Dr. Alejandro Sánchez Freytes, resolvió desestimar la denuncia formulada en contra de Carlos Otero Alvarez, Luis Eduardo Molina y Ricardo Haro; declarar la incompetencia territorial en relación a los hechos ocurridos en la ciudad de Bell Ville y hacer lugar a la excepción de falta de acción interpuesta por los imputados y, en consecuencia, sobreseer a Miguel Angel Puga, Antonio S. Cornejo y Ali Fuad Ali.

    Asimismo, arribados los autos a la Cámara Federal  de Apelaciones en virtud de los recursos de apelación interpuestos por el señor Fiscal Federal y los querellantes, se resolvió hacer lugar al planteo formulado por el Dr. Miguel Martínez –abogado apoderado del querellante Diego Bauducco- y, en consecuencia, declarar la nulidad de todos los actos procesales posteriores al decreto de avocamiento del señor Juez Federal N° 2, debiendo el juez de primera instancia continuar con la tramitación de los presentes autos.

    Remitidos los autos al Juzgado Federal N° 2, el Dr. Alejandro Sánchez Freytes se inhibe de seguir interviniendo, designando la Cámara Federal, por sorteo, al Dr. Daniel Herrera Piedrabuena, juez del Juzgado Federal de La Rioja.

    Radicadas las actuaciones ante el mencionado magistrado, se presentan los querellantes, Dr. Juan Miguel Ceballos y Luis Miguel Baronetto, ampliando su denuncia original y solicitando se impute a Carlos Otero Alvarez y Ali Fuad Alí como partícipes del delito de privación ilegítima de la libertad agravada, respecto de los hechos que describe.

    Posteriormente, el magistrado dictó resolución con fecha 07.09.2010 rechazando las excepciones de prescripción de la acción penal y de atipicidad penal planteadas por las defensas de los imputados Ali Fuad Ali, Miguel Angel Puga y Antonio Sebastián Cornejo, por considerar que los hechos investigados constituyen delitos de lesa humanidad.

    Dicha resolución fue apelada por las defensas de los nombrados, quedando fijado así el asunto a resolver por esta Cámara Federal.
           

    Córdoba, 11 de abril de 2011

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