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    Riachuelo: el juez Armella ratificó la orden de desalojo y advirtió que habría más multas

    Lo hizo a través de una resolución en la que también aseguró que, de persistir el incumplimiento por parte de los funcionarios responsables, habrá nuevas sanciones pecuniarias. RESOLUCIÓN COMPLETA
    Riachuelo: el juez Armella ratificó la orden de desalojo y advirtió que habría más multas

    El juez federal de Quilmes, Luis Armella, ratificó este viernes la orden de desalojo de las viviendas ocupadas ilegalmente ubicadas en el predio sito en las calles Lafuente, Castañares y Portela de Villa Soldati, en el marco de la causa por el saneamiento de la Cuenca Matanza-Riachuelo.

    El magistrado resolvió lo siguiente:

    I.- Se de efectivo cumplimiento a todo lo ordenado en el pronunciamiento de fecha 09-03-2011, el cual se encuentra plenamente vigente e inalterable, ante lo cual, en caso de constatarse la consecución del incumplimiento, se generará la aplicación de nuevas sanciones pecuniarias a todos aquellos Funcionarios que resulten responsables.

    II.- Al pedido de levantamiento de la sanción de multa impuesta a la Secretaria de Seguridad Operativa del Ministerio de Seguridad de la Nación, acreditado que sea el cumplimiento total, efectivo y concreto de la manda judicial se proveerá.

    III.- Requerir a la ACUMAR, el  Ministerio de Seguridad de la Nación y la Policía Metropolitana a que en forma conjunta e identificando acciones y responsabilidades, informen diariamente las medidas que se vayan adoptando en cumplimiento de la manda judicial.

    IV.- Requerir al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que a través de la Autoridad de Cuenca Matanza Riachuelo (ACUMAR), en el perentorio plazo de 24 hs. presente un informe detallando en forma concisa y acabada la cantidad de viviendas efectivamente afectadas al plan de relocalización de Villas y Asentamientos precarios, en el predio sito en la calle Lafuente, Castañares y Portela de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, identificando la cantidad exacta de viviendas y módulos habitacionales; con la documentación respaldatoria al efecto.

    V.- Requerir al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, aporte la información con que cuente respecto a si los ahora ocupantes del complejo habitacional supra indicado y de las villas de emergencia de la zona habían sido o no incluidos entre los beneficiarios del complejo o, en su caso, si se encuentran incluidos en planes de vivienda alternativos.

    VI.- Requerir a los Sres. Titulares de los Ministerios de Seguridad de la Nación y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la implementación de todas las acciones que garanticen efectivamente el trabajo de los responsables al cumplimiento de la presente manda, a fines de evitar toda situación que entorpezca en cualquier modo el desenvolvimiento normal de las obras referenciadas, haciéndoles saber que el incumplimiento de la presente, en forma efectiva, fehaciente, concisa, acabada y pormenorizada, los hará incurrir inmediatamente y sin más contemplaciones, en la responsabilidad que les correspondiere por mandatos específicos y determinados por el incumplimiento a una orden judicial, lo cual los hará pasibles de soportar con sus propios patrimonios el pago de una multa diaria por cada día de incumplimiento, que el Suscripto considere adecuada en orden a la gravedad de los incumplimientos que se verifiquen.

    VII.- Requerir a la Sra. Secretaria General de la Autoridad de Cuenca contemplada en la Ley 26.168, Dra. Daniela Olivetto, notifique la presente en forma urgente y personal, bajo debida constancia a los representantes ante esa autoridad del Poder Ejecutivo Nacional, de la Provincia de Buenos Aires y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (miembros del Consejo Directivo), lo cual deberá ser acreditado dentro de las cuarenta y ocho (48) horas.

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