X
X
/
    corte suprema de justicia de la nación cámara federal de casación penal sala iv cámara federal de casación penal cámara federal de casación penal régimen de subrogancias cámara federal de casación penal cámara federal de casación penal cámara federal de casación penal tribunal oral en lo penal económico n° 3 cámara federal de casación penal juzgado federal n° 3 de mar del plata cámara nacional de apelaciones en lo criminal y correccional cámara nacional de apelaciones en lo criminal y correccional
    X
    corte suprema de justicia de la nación cámara federal de casación penal sala iv cámara federal de casación penal cámara federal de casación penal régimen de subrogancias cámara federal de casación penal cámara federal de casación penal cámara federal de casación penal tribunal oral en lo penal económico n° 3 cámara federal de casación penal juzgado federal n° 3 de mar del plata cámara nacional de apelaciones en lo criminal y correccional cámara nacional de apelaciones en lo criminal y correccional
    X

    Buquebus deberá indemnizar a pasajero por un accidente

    Lo resolvió la Cámara en lo Civil y Comercial Federal. Se trata de un hombre al que se le cayó una mesa sobre sus piernas, provocándole una lesión durante un viaje en barco. Para los jueces, la empresa es responsable del mantenimiento de su mobiliario

    La Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal revocó un fallo de primera instancia y –por mayoría- condenó a la empresa controladora de Buquebus a indemnizar con 20.251,65 pesos a un pasajero, al que se le cayó sobre sus piernas una mesa que estaba ubicada en la cubierta de uno de los barcos que viaja a Colonia, Uruguay.

    El pasajero, de 84 años, debió acudir a un hospital en Montevideo a causa de la herida que le provocó el accidente en una de sus piernas.

    Según el voto mayoritario, firmado por los jueces Alfredo Gusman y Ricardo Guarinoni, “la transportista no ha indicado –ni menos aún probado- que se haya alertado a los pasajeros acerca del uso seguro a dar a los asientos y a las mesas que se encuentren en cubierta, ni tampoco ha informado acerca de instrucciones dadas a su personal a fin de evitar episodios como el que motiva este pleito”.

    “En ese contexto encuentro reunidos los presupuestos para que proceda la demanda entablada, pues se advierte negligencia de la transportista, que por cierto no ha traído a autos elementos que acrediten la realización de tareas de mantenimiento o supervisión regular sobre su mobiliario, prueba que podría haber mejorado su situación en el pleito”, agregaron los camaristas.

    El voto en disidencia fue del juez Santiago Kiernan, quien expresó que, al no haber sido probado el nexo causal, “no hubo por parte de la empresa  responsabilidad alguna”.

    48
    Últimos fallos
    Acordadas y resoluciones