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    El Juzgado de Faltas de Sáenz Peña aclara sobre declaraciones del Subsecretario de Gobierno

    A raíz de publicaciones periodísticas en las cuales el subsecretario de Gobierno, Culto y Registros Públicos, José Mongeló, realizó diferentes acusaciones contra la gestión del Juzgado de Faltas de Sáenz Peña, la titular de dicho juzgado, Celia Beatríz Altamiranda, hace saber que:

    * El tribunal dio trámite a absolutamente todos los expedientes provenientes del municipio en relación con el control de la venta de bebidas alcohólicas fuera del horario permitido (tal lo dispone la ley 5.909 que modificó a la 4.543), después que la justicia de faltas municipal se declarara incompetente para atender el tema.

    En cada uno de los casos la metodología aplicada precisa que se oficie a la municipalidad para que informe los datos del titular del local, fecha de habilitación, entre otros ítems. Recién allí se procede a citar al propietario del bar o negocio en cuestión a los fines de las corrientes imputaciones y demás trámites legales.

    Además, buscando agilizar los procesos y evitar dilaciones o repeticiones de oficios, se creó un registro de uso interno del tribunal del cual surge que la mayoría de los locales comerciales que expenden bebidas alcohólicas recibieron una ampliación de la habilitación comercial por parte del municipio, a la que se le incluyó el rubro “bares” posibilitando que vendan dichas bebidas hasta las 5 o 6 de la mañana (dependiendo de la estación del año).

    Siendo esta la situación de gran parte de los expedientes, se aplica la sanción correspondiente, en estos casos, una multa. Cabe destacar que también existen casos en que se decidió la absolución del imputado luego de declarar la nulidad del acta, por carecer ella de los elementos formales requeridos.


    * Asimismo, el tribunal destaca que se encuentran en trámite los expedientes referidos a infracciones en cuanto a la permanencia de menores en locales bailables, más allá del horario permitido (artículo 68 del Código de Faltas) y la venta de alcohol a menores de edad (artículo 72). Todo ello pese a que hasta el momento la autoridad policial no solicitó ninguna orden de allanamiento, tras haber efectuado las constataciones en las veredas de los locales y comprobando que a todos se les había otorgado el trámite legal.


    * Finalmente, el Juzgado de Faltas de Sáenz Peña aclara que no registra expedientes vinculados con exceso de público y horarios de cierre (tal lo señalado por el subsecretario Mongeló), debido a que los mismos competen a la órbita del Juzgado de Faltas municipal.

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