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    Por orden de la Justicia Federal desalojaron a una empresa de los márgenes del Riachuelo

    El Juzgado Federal de Quilmes ordenó el allanamiento de una firma ubicada en Lanús para liberar el camino de sirga. La medida ya se efectivizó y los costos por la remoción de objetos correrán por cuenta de la compañía. Resolución completa
    Por orden de la Justicia Federal desalojaron a una empresa de los márgenes del Riachuelo

    El Juzgado Federal de Quilmes, a cargo del juez Luis Armella, ordenó el allanamiento del predio de una empresa ubicada en la localidad bonaerense de Lanús, a fin de remover los obstáculos existentes en esa compañía sobre los márgenes del Riachuelo.

    La medida -que ya fue realizada y, en consecuencia, quedó liberada la zona- fue dictada en el marco de la causa “Mendoza”, en donde la Corte Suprema ordenó la puesta en marcha de un plan de saneamiento integral de la cuenca Matanza Riachuelo.

    Armella había dictado la orden de allanamiento con el objeto de remover todos los obstáculos existentes sobre el “camino de sirga” y disponer la inmediata y efectiva ocupación de esa zona por parte del Estado, a fin de evitar nuevas usurpaciones.

    En la resolución, el juez recordó que “los titulares dominiales de las tierras que limitan con cursos de agua están obligados a dejar una calle o camino público de 35 metros hasta la orilla cuando los ríos o caminos sirven de comunicación por agua, ya sea para la navegabilidad como para la flotablidad”.  

    Al respecto, indicó que la Autoridad de Cuenca Matanza Riachuelo (ACUMAR) había señalado las dificultades que presenta la implementación del “camino de sirga” con relación al predio de aquella empresa. En particular, denunció la existencia de dos niveles y doble fila de containers a ambos lados e invasión sobre el camino de sirga, sentido circulación Norte- Sur y Sur-Norte.

    Ante ello, ACUMAR había solicitado al magistrado la autorización para llevar a cabo las tareas conducentes al desalojo de la traza referida, por cuenta y a costa de la empresa.

    Según Armella, los plazos otorgados para la desocupación del camino de sirga en toda la cuenca, y en especial a la empresa en cuestión, “han sido ampliamente contemplados, como así también el libramiento de las correspondientes intimaciones y las oportunidades de liberar el camino, razón por la cual resulta de suma importancia instrumentar una medida ejemplificadora, ello a los fines de no dilatar el cumplimiento del Plan de Saneamiento trazado en la ejecución a cargo del suscripto de la sentencia dictada por el Tribunal Cimero”.

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