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    Casación confirmó el sobreseimiento de Aníbal Ibarra por Cromañón

    Es en una causa en donde se investiga la actuación de funcionarios del Gobierno de la Ciudad en el rescate y la atención de las víctimas de la tragedia. Para los jueces, “los agentes obraron de conformidad con sus obligaciones”. Fallo completo

    La Sala III de la Cámara Nacional de Casación Penal confirmó el sobreseimiento del ex jefe de gobierno Aníbal Ibarra y de una serie de ex funcionarios de su gestión, que estaban acusados por un supuesto actuar negligente en el rescate y atención a las víctimas en la tragedia de Cromañón.

    En esta causa se investigaba el desempeño de los funcionarios pertenecientes a los distintos organismos que intervinieron en el rescate y auxilio de las víctimas del hecho ocurrido el 30 de diciembre de 2004 en el interior del local “República de Cromañón”.

    En septiembre del 2008 la Cámara de Apelaciones en lo Criminal y Correccional había confirmado el sobreseimiento de varios ex funcionarios de la Ciudad de Buenos Aires, incluido el de Aníbal Ibarra. El abogado querellante, José Iglesias, recurrió en Casación y por eso se llegó a esta nueva revisión de los sobreseimientos.

    Para los jueces, “la prueba colectada permite afirmar que diversos funcionarios del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, bajo el mando del entonces Jefe de Gobierno Aníbal Ibarra, se reunieron en la sede de Defensa Civil a fin de dar respuesta a las necesidades que la tragedia ocurrida en ‘República Cromañón’ había generado”.

    Por otro lado, los magistrados negaron la existencia del dolo en un hipotético actuar negligente: “se ha descartado en la conducta de los imputados el elemento subjetivo requerido por el delito que se les reprocha, esto es que hubieran obrado con dolo. Ello así, pues dada la imprecisión y falta de coincidencia en las distintas reglamentaciones que prevén la conformación de estos organismos,  era imposible que los funcionarios imputados pudieran comprender y conocer el lugar y organismo que cada uno de ellos debía conformar,  situación que también descarta que voluntariamente hayan querido incumplir una norma”, se explica en el fallo.

    Con respecto a la actuación de la policía y los bomberos, los camaristas recordaron que “el gobierno de la Ciudad de Buenos Aires carece de jurisdicción  respecto de la Policía Federal Argentina y la Superintendencia Federal de Bomberos”.

    Por otro lado, los jueces también se expidieron acerca de las jerarquías dentro de la administración pública y de las responsabilidades que le caben a un jefe de gobierno: “la Jefatura de Gobierno, sólo debe intervenir en la medida que conozca que sus inferiores incumplen con sus obligaciones específicas, entre tanto, resulta indispensable mantener la confianza de que el inferior habrá de ejercer adecuadamente sus facultades. Es decir, sólo en caso de tomar conocimiento que el inferior incumple con  los deberes a su cargo deberá actuar en forma directa en el ejercicio de su poder jerárquico, y de no hacerlo podría incurrir en una conducta con significación jurídico penal”, indicaron los magistrados.

    “No obstante lo señalado, no podemos dejar de resaltar que se ha tenido por probado que los funcionarios dependientes del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires que intervinieron en la emergencia, obraron de conformidad con las obligaciones legales que sus cargos les imponía y en la medida de las posibilidades que las características de la tragedia les permitió”, concluyeron los camaristas.

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