La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, integrada por los jueces Mariano Hernán Borinsky (Presidente), Javier Carbajo y Gustavo M. Hornos, no hizo lugar una queja interpuesta por la defensa contra la resolución de la Sala II de la Cámara Federal de Apelaciones de San Martín que revocó el sobreseimiento que había sido dictado, por prescripción de la acción penal.
En la causa se investiga el hecho ocurrido el 8 de julio de 2014 donde los imputados habrían interrumpido el normal funcionamiento del transporte terrestre y, en consecuencia, entorpecido la libre circulación del tránsito vehicular, en la Autopista Panamericana a la altura del kilómetro 35,5, en la intersección con la Av. Henry Ford, sobre la mano de circulación con dirección hacia la provincia de Buenos Aires, al realizar una manifestación y quema de cubiertas.
Para si resolver los jueces tuvieron en cuenta que el curso de la prescripción estuvo suspendido hasta noviembre de 2019, en los términos del artículo 67, segundo párrafo del Código Penal, porque uno de los imputados, se desempeñaba en un cargo público. Específicamente, ejercía como asesor en la Cámara de Diputados de la Provincia de Mendoza.
La suspensión de la prescripción para funcionarios públicos se extiende para todos los que hayan intervenido en el ilícito. Por ello concluyeron que aún no ha transcurrido el tiempo fijado legalmente para que prescriba la acción penal y fue revocado el sobreseimiento.
Informe: Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal