En el acuerdo del día de la fecha la Corte Suprema de Justicia de la Nación, por unanimidad, declaró inadmisible el recurso extraordinario por salto de instancia previsto en el art. 257 bis del CPCCN, interpuesto por Google LLC en los autos “Fernández de Kirchner, Cristina Elisabet c/ Google LLC s/ medida preliminares y de prueba anticipada”.
Dicho recurso fue dirigido contra la resolución de la Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal que declaró inapelable la medida de prueba anticipada requerida por Cristina Elisabet Fernández de Kirchner contra Google.
El Tribunal, sobre la base de sus precedentes, señaló que resulta inadmisible el recurso extraordinario por salto de instancia cuando, como en el caso, se promueve contra una sentencia dictada por el superior tribunal de la causa.