Ante el rechazo por parte del juez interviniente de la excarcelación solicitada por Juan Antonio Azic, que fuera confirmado por la Sala II de la Cámara Federal de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal, su defensa interpuso recurso extraordinario insistiendo en el planteo que le fuera rechazado.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación, en virtud del pronunciamiento del día de la fecha en la causa “Lanzón”, por el que se rechazó el recurso extraordinario del mencionado Azic en el que cuestionaba la condena que le fuera impuesta por el Juzgado Federal n° 2 de esta ciudad y confirmada por la Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal, consideró que la cuestión traída se había tornado abstracta y por tanto declaró inoficioso un pronunciamiento del Tribunal en estos autos.