El 25 de marzo del 2020 el Tribunal Oral Federal Nº 6 no hizo lugar a un nuevo pedido de detención domiciliaria efectuado por la defensa de Miguel Osvaldo Etchecolatz condenado por sentencia del 26 de octubre de 2018 a la pena de prisión perpetua por la comisión de delitos de lesa humanidad.
La defensa interpuso recurso de casación que fue declarado inadmisible por la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal.
Contra dicho pronunciamiento su defensa interpuso recurso extraordinario el que al ser declarado inadmisible por ausencia de arbitrariedad y de cuestión federal suficiente motivó la queja que la Corte Suprema de Justicia de la Nación desestimó por unanimidad al considerar que el recurso resultaba inadmisible en virtud de lo dispuesto en el art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.