Por resolución de fecha 28 de agosto de 2018, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal nº 1 de esta ciudad, resolvió no hacer lugar a la excarcelación formulada por la defensa en favor de José Francisco López.
A su turno, la sala II de la Cámara Federal de Casación Penal rechazó el recurso de la especialidad deducido por la parte contra dicho pronunciamiento.
Contra el fallo la defensa interpuso recurso extraordinario, cuya denegación motivó la queja en trato.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación desestimó por unanimidad el planteo al considerar que el recurso resultaba inadmisible en virtud de lo dispuesto en el art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.