Por resolución de fecha 29 de junio de 2018, la sala II de la Cámara Federal de Casación Penal, por unanimidad, resolvió rechazar “in limine” los planteos de nulidad y de recusación deducidos por la defensa de María Amalia Díaz.
Contra dicho pronunciamiento su defensa interpuso recurso extraordinario, cuya denegación motivó la queja ante la Corte Suprema.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación desestimó, por unanimidad el planteo al considerar que el recurso extraordinario, cuya denegación había originado el recurso de hecho interpuesto, no se dirigía contra una sentencia definitiva o equiparable a tal (art. 14, ley 48).