La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, integrada por los doctores Mariano Hernán Borinsky, -Presidente- y Javier Carbajo -Vocal-, declaró inadmisible el recurso de casación de la defensa y confirmó la decisión del tribunal oral que, el 30 de marzo, había rechazado el pedido de prisión domiciliaria de Héctor Pedro Vergez.
La defensa solicitó la incorporación de Vergez al régimen de la prisión domiciliaria en el marco de la emergencia pública sanitaria declarada por el Poder Ejecutivo Nacional mediante DNU 260/2020 a raíz de la propagación de la pandemia COVID-19.
El Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº 1 de Córdoba condenó a Vergez a la pena de prisión perpetua por ser considerado coautor mediato intermedio penalmente responsable de 52 hechos de privación ilegítima de la libertad calificada por tratarse de un funcionario público, agravada por el uso de violencia, y por haberse cometido para compeler a la víctima a hacer, no hacer o tolerar algo a lo que no estuviese obligada; 16 hechos de privación ilegítima de la libertad calificada por tratarse de un funcionario público, agravada por el uso de violencia, por haberse cometido para compeler a la víctima a hacer, no hacer o tolerar algo a lo que no estuviese obligada, y por la duración (más de un mes); 3. imposición de tormentos agravada por la condición de perseguido político de la víctima (ciento setenta y ocho hechos en concurso real); 23 hechos de homicidio doblemente calificado por alevosía y por el concurso de una pluralidad de partícipes; 136 hechos de desaparición forzada agravada por resultar la muerte de la víctima; 1 hecho de desaparición forzada de menor (un hecho); entre otros delitos.
Los hechos, considerados graves crímenes contra la humanidad, fueron cometidos en el centro clandestino de detención conocido como “La Perla”.
En el caso, la Sala IV rechazó el planteo de la defensa por considerar que el Tribunal Oral en lo Criminal Federal nº 1 de Córdoba había descartado fundadamente que en el caso concreto se diese alguna de las circunstancias que habilitaran la concesión extraordinaria del beneficio de la prisión domiciliaria, de conformidad con lo resuelto por las Acordadas de esta Cámara Federal de Casación Penal.
Informe: Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal