La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, integrada por los jueces Mariano Hernán Borinsky (Presidente), Javier Carbajo y Gustavo M. Hornos declararon inadmisible un recurso extraordinario contra la decisión de esa misma Sala que con anterioridad había rechazado una queja por recurso de casación denegado interpuesta por la defensa de Amado Boudou contra el auto dictado por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nro. 4 de esta ciudad que ordenó dar inicio a la ejecución de la sentencia condenatoria.
El tribunal oral tomó esa decisión en razón de que esa Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal había declarado inadmisible el recurso extraordinario federal para acceder a la Corte Suprema de Justicia de la Nación presentado por la defensa de Boudou contra la decisión de esa alzada de confirmar la sentencia condenatoria a la pena de cinco (5) años y diez (10) meses de prisión por los delitos de cohecho pasivo y negociaciones incompatibles con la función pública –que concurren en forma ideal.
La defensa de Boudou –quien se encuentra detenido desde el mes de febrero de 2019- alegó que hasta tanto la Corte Suprema no rechace su queja presentada directamente ante esos estrados, el tribunal oral no puede dar comienzo a la ejecución de la sentencia porque esa circunstancia atentaría contra el derecho de inocencia.
La Sala IV al confirmar las condenas entendió debidamente acreditada la maniobra juzgada referida a que Nicolás Tadeo Ciccone entregó su empresa “Ciccone Calcográfica S.A.” al grupo liderado por Amado Boudou tras comprometerse a volver operativa a la citada empresa para que pudiera contratar con el Estado Nacional y así obtener réditos económicos. Amado Boudou como se hallaba impedido de efectuar negociaciones en beneficio propio y en perjuicio de los intereses nacionales, se valió de su amigo personal, José María Núñez Carmona -quien dirigía la actuación de Alejandro Paul Vandenbroele- utilizando empresas fantasmas.
Una vez en control de la firma, el grupo liderado por el ex vicepresidente del Estado Argentino, manipuló en provecho personal, por lo menos, tres organismos del Estado: la Casa de Moneda S.E., la A.F.I.P. y la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia a los efectos de que beneficiaran indebidamente a “Ciccone Calcográfica S.A.”.
Informe: Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal