X
X
/
    cámara federal de casación penal sala iv cámara federal de casación penal cámara federal de casación penal régimen de subrogancias cámara federal de casación penal cámara federal de casación penal cámara federal de casación penal tribunal oral en lo penal económico n° 3 cámara federal de casación penal juzgado federal n° 3 de mar del plata cámara nacional de apelaciones en lo criminal y correccional cámara nacional de apelaciones en lo criminal y correccional tribunal oral en lo penal económico narcotráfico
    X
    cámara federal de casación penal sala iv cámara federal de casación penal cámara federal de casación penal régimen de subrogancias cámara federal de casación penal cámara federal de casación penal cámara federal de casación penal tribunal oral en lo penal económico n° 3 cámara federal de casación penal juzgado federal n° 3 de mar del plata cámara nacional de apelaciones en lo criminal y correccional cámara nacional de apelaciones en lo criminal y correccional tribunal oral en lo penal económico narcotráfico
    X

    Rechazan planteo contra la estatización de jubilaciones

    Una jueza de primera instancia desestimó una acción de amparo presentada por un afiliado a una AFJP. Dijo que la flamante reforma del régimen previsional no es arbitraria. El derecho de propiedad, clave. Fallo completo

    El Juzgado Federal de Primera Instancia de la Seguridad Social N° 10 desestimó una acción de amparo de un afiliado al régimen jubilatorio de capitalización, por la que pidió la indisponibilidad de los fondos de su cuenta de capitalización personal en una Administradora Federal de Ingresos Públicos (AFJP).

    El afiliado a la AFJP inició el reclamo por los cambios introducidos en el sistema de jubilaciones y pensiones, por los que se eliminó el de capitalización y se unificó en un régimen previsional público, financiado a través de un sistema solidario de reparto.

    Entendía que el traspaso de fondos de su cuenta al Estado que por entonces se debatían en el Congreso es “confiscatorio” y lesiona “su derecho adquirido de continuar en el sistema provisional sustancialmente distinto al de reparto”.

    Frente a ello, la jueza María Emilia Postolovka aseguró que no existe un acto arbitrario o de ilegalidad manifiesta en la unificación del Sistema Intregrado de Jubilaciones y Pensiones en un único Régimen Provisional Público instituido por la ley 26.425.

    Y agregó que no existe agravio por la transferencia de fondos, “porque en materia provisional no deben invocarse derechos adquiridos cuando el beneficio no ingresó al patrimonio, derecho que se declara de acuerdo a la ley vigente a la fecha del cese en la actividad mediante el acto administrativo que lo invista del ‘status’ de jubilado y en esa oportunidad genera el derecho adquirido”.

    48
    Últimos fallos
    Acordadas y resoluciones
    • 11/2024 - La Cámara Nacional Electoral RESUELVE: 1°) Disponer que se realicen las tareas de adecuación de los datos pertinentes en el Registro Nacional de Electores, conforme lo indicado en los considerandos de la presente resolución.
    • 2393/2024 - Designar en el cargo de Escribiente Auxiliar (P.A.T.) -Suplente- del Juzgado Federal de Primera Instancia N° 1 de Formosa en reemplazo de Hugo Martín Mariano Quiñonez Allende y mientras dure su licencia largo tratamiento -art 23 del RL-, a Rodrigo Maximil
    • 12/2024 - ACORDARON: Primero: disponer que el Sr. Juez de Cámara Dr. Martín Luciano Poderti permanezca en funciones desde el día 15 al día 19 ambas fechas inclusive y el Sr. Juez de Cámara Dr. Roberto Fernando Minguillón desde el día 18 al 26 ambas fechas inclusi
    • 2097/2024 - SE RESUELVE: I-Dejar sin efecto la suspensión temporaria dispuesta oportunamente por Acuerdo Extraordinario Nº 2026/2023, por incompatibilidad -art. 16 inc.?c? Ley N° 22192- en la Matrícula Federal de Abogados del Dr. José Antonio Orrego, D.N.I.
    • s/n/2024 - RESUELVE: 1°) Designar como magistrado subrogante del Juzgado Federal con competencia electoral de Neuquén, en reemplazo de la doctora María Carolina Pandolfi, al doctor Gustavo Eduardo Villanueva, el 2 de julio del corriente año.- 2°) Póngase en conocim