La Sala IV declaró inadmisibles recursos extraordinarios. Las defensas habían cuestionado la confirmación de los procesamientos de Julio De Vido y directivos de la firma, entre otros, y la anulación de los sobreseimientos de Daniel Cameron y Fulvio Madaro
La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, integrada por los jueces Mariano Hernán Borinsky, Javier Carbajo y Ángela Ester Ledesma, resolvió –por mayoría– declarar inadmisibles los recursos extraordinarios federales interpuestos contra la decisión, de esa Sala, que había declarado inadmisibles los recursos de casación interpuestos por las defensas de varios imputados contra la resolución (de la Sala I de la Cámara Nacional en lo Criminal y Correccional Federal) que confirmó el procesamiento y embargo de Julio De Vido –extitular del entonces Ministerio de Planificación Federal-, directivos de la empresa constructora Skanska, representantes de compañías que participaron en las maniobras presuntamente delictivas y otros intermediarios en orden a los delitos de administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública y cohecho activo y pasivo, respectivamente.
Además, la Sala IV declaró inadmisibles –también por mayoría– los recursos extraordinarios federales interpuestos contra la sentencia, de esa misma Sala, que había desestimado los recursos de casación interpuestos contra la anulación de diversos sobreseimientos, entre ellos, los correspondientes a Daniel Cameron –exsecretario de Energía-, Fulvio Madaro y Hugo Muñoz –ex presidente y vicepresidente de Enargas, respectivamente-.
En la causa se investiga el presunto pago de coimas y sobreprecios en el marco de las contrataciones para expandir la capacidad de transporte de gas natural comprendiendo la instalación de gasoductos en el sistema norte (licenciataria TGN) y en el sistema sur (licenciataria TGS), la incorporación de potencia de comprensión en plantas existentes, el acondicionamiento de las plantas compresoras existentes y la construcción de una nueva planta compresora.
La Sala IV –con el voto mayoritario de los jueces Borinsky y Carbajo– convalidó los fallos dictados por ese Tribunal, en ocasión de declarar inadmisibles los recursos interpuestos, por entender que las defensas no demostraron la afectación a diversas garantías constitucionales que invocaron en su favor y porque tampoco rebatieron los fundamentos de las resoluciones recurridas.
Informe: Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal