X
X
/
    corte suprema de justicia de la nación cámara federal de casación penal sala iv cámara federal de casación penal cámara federal de casación penal régimen de subrogancias cámara federal de casación penal cámara federal de casación penal cámara federal de casación penal tribunal oral en lo penal económico n° 3 cámara federal de casación penal juzgado federal n° 3 de mar del plata cámara nacional de apelaciones en lo criminal y correccional cámara nacional de apelaciones en lo criminal y correccional
    X
    corte suprema de justicia de la nación cámara federal de casación penal sala iv cámara federal de casación penal cámara federal de casación penal régimen de subrogancias cámara federal de casación penal cámara federal de casación penal cámara federal de casación penal tribunal oral en lo penal económico n° 3 cámara federal de casación penal juzgado federal n° 3 de mar del plata cámara nacional de apelaciones en lo criminal y correccional cámara nacional de apelaciones en lo criminal y correccional
    X

    Pistolas eléctricas: el juez federal Claudio Bonadio se declaró incompetente

    Para el magistrado, la investigación por el uso de estas armas por la Policía Metropolitana no corresponde al fuero federal. Pidió girar la causa a la Justicia ordinaria. La causa se había iniciado por la denuncia de un abogado particular. Fallo completo

    El juez federal Claudio Bonadio, titular del Juzgado en lo Criminal y Correccional Federal Nº 11, se declaró incompetente en el marco de una causa por la utilización de pistolas eléctricas por parte de la Policía Metropolitana, dependiente del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.

    La causa se inició por la denuncia del abogado Eduardo Barcesat, con relación a las posibles conductas delictivas por parte del Gobierno porteño en torno a la compra de las armas denominadas Taser X26.

    Para Bonadio, no se avierte que exista algún interés federal comprometido, por lo que el hecho denunciado no ecuadra en las previsiones establecidas en el artículo 33 del Código Procesal Penal de la Nación.

    Agregó que dado que la compra de las armas en cuestión fueron realizadas por el Gobierno de la Ciudad con fondos propios, sin intervención de fondos del Estado nacional en dicha compra, "no se ven afectadas las arcas del Estado en dicha operación".

    Asimismo, señaló que “no se encuentra probado que la pistola Taser X 26 sea necesariamente un instrumento de tortura ya que su naturaleza se encuentra controvertida, tal cual queda plasmado por los dichos del denunciante contrapuestos a las constancias del expediente administrativo 1.546.590/09 puesto que conforme lo exponen las autoridades del gobierno local, dicho armamento es usado por cuatrocientas fuerzas en el mundo, se trata de un instrumento de carácter disuasivo y no letal, todo ello conforme las especificaciones técnicas y de campo expuestas por el fabricante de las mismas”.

    “Lo único probado más allá de toda duda es que las mismas fueron adquiridas por las autoridades locales, para ser provista a una fuerza de seguridad local y abonadas con fondos provenientes del presupuesto de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”, remarcó.

    También aseguró que “en el hecho traído a estudio no se ve afectada la seguridad del Estado nacional, siendo que la futura utilización de las armas Taser X26, compradas por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, corresponden a la policía metropolitana la cual tiene jurisdicción sobre la Ciudad de Buenos Aires, por lo que debería continuar con esta investigación la justicia ordinaria”.

    26
    Últimos fallos
    Acordadas y resoluciones