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    corte suprema de justicia de la nación cámara federal de casación penal sala iv cámara federal de casación penal cámara federal de casación penal régimen de subrogancias cámara federal de casación penal cámara federal de casación penal cámara federal de casación penal tribunal oral en lo penal económico n° 3 cámara federal de casación penal juzgado federal n° 3 de mar del plata cámara nacional de apelaciones en lo criminal y correccional cámara nacional de apelaciones en lo criminal y correccional
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    Ratifican que el Juzgado Federal N° 7 deberá juzgar a Luis D’Elía por incitación a la discriminación

    Lo resolvió la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal. El juzgado se había declarado incompetente argumentando que D´Elía tiene una causa en trámite, por un delito más grave, ante el Tribunal Oral Federal N° 8
    La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, integrada en forma unipersonal por Mariano Hernán Borinsky, declaró inadmisible el recurso extraordinario federal presentado por la defensa de Luis D´Elía contra la resolución que había declarado competente al Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N° 7 para juzgarlo por el delito de incitación a la discriminación previsto en el segundo párrafo del artículo 3 de la ley 23.592. 
     
    El hecho consistió en haber difundido por medios masivos de comunicación ideas cuyo contenido podría alentar y/o incitar al odio o persecución dentro de un contexto social de proceso de elecciones políticas en las que el imputado representaba a un sector social importante y con pretensiones de ser candidato.
     
    Informe: Cámara Federal de Casación Penal.
     
     
    Normativa citada
    Normativa citada
    Ley 23.592
    Artículo 3°.- Serán reprimidos con prisión de un mes a tres años los que participaren en una organización o realizaren propaganda basados en ideas o teorías de superioridad de una raza o de un grupo de personas de determinada religión, origen étnico o color, que tengan por objeto la justificación o promoción de la discriminación racial o religiosa en cualquier forma.
    En igual pena incurrirán quienes por cualquier medio alentaren o iniciaren a la persecución o el odio contra una persona o grupos de personas a causa de su raza, religión, nacionalidad o ideas políticas.

     

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