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    Robo de bicicletas

    La Sala III de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal consideró que las bicicletas están comprendidas en el agravante previsto para el caso de sustracción de vehículos dejados en la vía pública
    La Sala III de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal se pronunció en los casos “Giménez” (reg. n° 959/18) y “Quispe Díaz” (reg. n° 718/18), reiterando el criterio adoptado en “Florentin, Higinio Hernán s/ robo de automotor o vehículo en la vía pública en tentativa” (Reg. n° 728/15).
     
    En este último caso, la Sala, con la firma de Mario Magariños, Carlos Alberto Mahiques y Pablo Jantus, confirmó la condena a un años y seis meses de prisión impuesta a un imputado por considerarlo autor penalmente responsable del delito de robo de una bicicleta dejada en la vía pública en grado de tentativa. 
     
    Para así decidir, analizó el significado y alcance del término legal “vehículo” contemplado en el Código Penal y consideró comprendida a la bicicleta. 
     
    En dicha causa, el juez Jantus añadió en su voto concurrente que correspondía tener en cuenta el reconocimiento social del uso de este medio de transporte y, a su vez, las acciones de gobierno que receptan y fomentan, por diversas razones, la utilización de bicicletas.
     
    Informe: Sala III de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal.
     
     
    Normativa citada
    Normativa citada
    Código Penal
    Artículo 163 - Se aplicará prisión de uno a seis años en los casos siguientes:
    (…) 6º Cuando el hurto fuere de vehículos dejados en la vía pública o en lugares de acceso público.
    Artículo 167 - Se aplicará reclusión o prisión de tres a diez años: 
    (…) 4º. Si concurriere alguna de las circunstancias enumeradas en el artículo 163.
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    Últimos fallos
    Acordadas y resoluciones
    • 1/2025 - Integración en el marco de la causa Nro. FCT 3560/2022/12, caratulada: ?? Incidente Nro. 12 ? imputado: Celestino, Julio Argentino s/incidente de excarcelación? de la Cámara Federal de Apelaciones de Corrientes
    • 5/2025 - Integración en el marco de las causas Nros. FCT 75/2021/26/CA17 y FCT 4093/2024/CA2, de la Cámara Federal de Apelaciones de Corrientes
    • 16302/2025 - Conceder, conforme lo informado en el punto II, la licencia solicitada por la señora secretaria coordinadora de la Oficina Judicial de Mendoza, doctora Amparo GIUFFRÉ, desde el día 09/10/24 al día 15/10/24
    • 16306/2025 - Conceder, de arreglo a lo informado en el punto II, la licencia solicitada por la señora secretaria con funciones en esta Cámara Federal, doctora Gisela Lorena MORICI, el día 04 de octubre del corriente año
    • 2-25/2025 - Acordada n° 2/25 de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, relativa al fallecimiento del Dr. Tomás Hutchinson.