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    La Cámara Federal de Casación Penal resolvió que el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N° 7 deberá juzgar a Luis D´Elía por incitación a la discriminación

    El juzgado se había declarado incompetente argumentando que D´Elía tiene una causa en trámite, por un delito más grave, ante el TOCF 8
    La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, integrada en forma unipersonal por Mariano Hernán Borinsky, declaró competente al Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal Nro. 7 para juzgar a Luis Angel D´Elía por el delito de incitación a la discriminación previsto en el segundo párrafo del art. 3 de la ley 23.592. 
     
    El hecho consistió en haber difundido por medios masivos de comunicación, ideas cuyo contenido podría alentar y/o incitar al odio o persecución dentro de un contexto social de proceso de elecciones políticas en las que el imputado representaba a un sector social importante y con pretensiones de ser candidato.
     
     
    Informe: Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal

     

    Normativa citada
    Normativa citada
    Ley 23.592
    Artículo 3°.- Serán reprimidos con prisión de un mes a tres años los que participaren en una organización o realizaren propaganda basados en ideas o teorías de superioridad de una raza o de un grupo de personas de determinada religión, origen étnico o color, que tengan por objeto la justificación o promoción de la discriminación racial o religiosa en cualquier forma.
    En igual pena incurrirán quienes por cualquier medio alentaren o iniciaren a la persecución o el odio contra una persona o grupos de personas a causa de su raza, religión, nacionalidad o ideas políticas.
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