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    La Cámara Federal de Casación Penal confirmó una condena por tentativa de contrabando de restos fósiles milenarios

    Lo resolvió la Sala IV. Es por el intento de envío a Estados Unidos de piñas de araucaria mirabilis, pararaucaria patagónica, fragmentos de madera petrificada y de helechos fósiles de entre 180 y 140 millones de años
    La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, integrada por los jueces Mariano Hernán Borinsky (presidente), Juan Carlos Gemignani y Gustavo M. Hornos, confirmó una condena del Tribunal Oral en lo Penal Económico Nº 3 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que consideró al imputado autor del delito de contrabando agravado por la presentación al servicio aduanero de documentos falsos y por tratarse de mercadería de exportación prohibida (material fósil), en grado de tentativa (arts. 45 del Código Penal y 864 inc. d), 865 incs. “f” y “g” del Código Aduanero), según ley nº 23.353 vigente al momento del hecho. 
     
    Al imputado se le atribuyó el intento de extraer ilegalmente del país tres tambores metálicos que en su interior contenían piedras ágatas cortadas y pulidas junto a restos fósiles hallados ocultos en el embarque. Estos últimos eran piñas de araucaria mirabilis, pararaucaria patagónica, cuyo posible origen serían los bosques petrificados del Cerro Madre e Hija de la Provincia de Santa Cruz, con una antigüedad de entre 180 y 140 millones de años; fragmentos de madera petrificada de procedencia desconocida, posiblemente de los Bosques Petrificados de Santa Cruz, de la familia Araucariaceae y/o taxodiaceae (formación La Matilde, jurásico medio-superior, entre 180 y 140 millones de años), y 103 piezas de aparentes etípites de helechos fósiles, materiales que resultan parte del Patrimonio Paleontológico Argentino protegido por ley. 
     
    Informe: Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal
     
     
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