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La Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal resolvió no hacer lugar a los recursos extraordinarios deducidos por las defensas en el marco de la causa por la tragedia de Once.
Los jueces Eduardo Rafael Riggi y Liliana E. Catucci no hicieron lugar, con costas, a los recursos extraordinarios interpuestos por las asistencias técnicas en la causa nº 1188/2013/TO1, por los hechos conocidos como “Tragedia de Once”.
En tanto, el juez Carlos A. Mahiques -que adhirió parcialmente a sus colegas- entendió que debían habilitarse únicamente las impugnaciones interpuestas por las defensas de Laura Aída Ballesteros, Antonio Marcelo Ricardo Suárez, Víctor Eduardo Astrella, Carlo Michele Ferrari, Carlos Esteban Pont Vergés, Francisco Adalberto Pafumi, Guillermo Alberto D´Abenigno y Jorge Alberto de los Reyes; y con relación a Ricardo Raúl Jaime entendió que “los agravios relativos al alcance del derecho de recurrir el fallo condenatorio dictado por el superior tribunal de la causa (“Duarte, F. s/ recurso de casación”, Fallos 337:901) […], también satisfacen el requisito de admisibilidad del remedio extraordinario”.
Informe: Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal