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La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, integrada por los jueces Mariano Hernán Borinsky (presidente), Gustavo M. Hornos y Juan Carlos Gemignani, resolvió declarar inadmisible el recurso extraordinario federal interpuesto contra la resolución que no había hecho lugar al recurso de queja introducido por la defensa del imputado contra la decisión, de la Sala II de la Cámara Nacional en lo Criminal y Correccional Federal, a través de la cual se rechazó el planteo de prescripción de la acción penal por entender que no se habían excedido los plazos razonables en la duración de la investigación de los hechos.
La gran cantidad de causas conexas en las que se investigan las maniobras vinculadas a la comercialización irregular de medicamentos, en su mayoría de alto costo, hurtados, robados o adulterados en cuanto a sus envases o contenidos y la erradicación de sellos que indicaban que eran para ser distribuidas de manera gratuitos, en los que participaron no sólo los responsables de las farmacias, droguerías y obras sociales sino también funcionarios de las áreas estatales relacionadas con la salud, justifican que el plazo empleado para su investigación no luzca irrazonable conforme fuera solicitado por la defensa.
Informe: Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal