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La Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal, con los votos de los jueces Gustavo M. Hornos -como presidente- Carlos A. Mahiques y Ana María Figueroa, rechazó un recurso interpuesto por la defensa y reafirmó así la condena a tres años y medio de prisión impuesta por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Santa Rosa a una persona por el expendio de dinero falso.
Se trata de un caso en donde el empleado de una estación de servicio denunció haber recibido dinero falsificado como pago por la carga de combustible. El hecho ocurrió en la localidad de Santa Rosa, provincia de La Pampa.
Luego del registro del automóvil en el que se trasladaba el imputado, se detectaron $15.300 en billetes falsos, ocultos en el compartimento del baúl.
Entre otros aspectos, la sentencia se pronunció en contra de la pretensión defensista de extinguir la acción por reparación integral del perjuicio con fundamento en la modificación introducida al Código Penal por la ley 27.147 –art. 59, inc. 6-.
Para así decidir, el tribunal consideró que el perjuicio excedía al empleado que recibió el dinero falso y que afectaba a la fe pública, bien jurídico tutelado, ajeno a las prescripciones de la mencionada norma.
Informe: Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal