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    Otro aval a la despenalización de la tenencia de drogas

    La Sala I de la Cámara Federal volvió a declarar inconstitucional la norma que castiga la tenencia simple de estupefacientes para consumo. Dijo que restringe la libertad personal y menoscaba el libre acceso del derecho a la salud. Fallos completos

    La Sala I de la Cámara Federal volvió a declarar inconstitucional el segundo párrafo del artículo 14 de la ley 23.737 que castiga la tenencia simple de estupefacientes para consumo personal. Así lo resolvió en dos causas dictadas en la última semana: "Ferreyra, Franco" y "Avila Claudio Fabian".

    En esa línea, en el fallo "Ferreyra", los jueces Eduardo Freiler y Eduardo Farah entendieron que "corresponde declarar la inconstitucionalidad del art. 14, apartado segundo de la ley 23.737 por traducirse en una irrazonable restricción de la libertad personal y menoscabar el libre acceso del derecho a la salud". El mismo criterio había sido adoptado por ambos magistrados en "Velardi", del 22 de abril último, y por Eduardo Freiler, en el fallo "Cipolatti", del 7 de junio de 2005.

    El juez Jorge Ballestero sostuvo, en tanto, que correspondía declarar la inconstitucionalidad del segundo párrafo del artículo 14 de la ley 23.737, "en virtud de su irreconciliable pugna con el artículo 19 de la Ley Fundamental".

    En el fallo "Avila", y en un extenso voto donde consideró tanto los precedentes de su propia cámara como los antecedentes de la Corte Suprema, "Bazterrica" y "Montalvo", Ballestero aseguró que "en la medida en que la tenencia de estupefacientes para uso personal es incapaz, por sí misma, de conectarse con un resultado lesivo para otros; en cuanto no implica un daño al orden y la moral pública ni involucra un perjuicio para terceros, su esencia de instituirse en un acto privado es innegable"."Es por ello que declarar la inconstitucionalidad del párrafo segundo del art. 14 de la ley 23.737, deviene en la única respuesta posible", concluyó el camarista.

    Recordemos que la Corte Suprema de Justicia de la Nación ya sentó jurisprudencia sobre esta cuestión. En 1986, en "Bazterrica", avaló la despenalización para casos de consumo personal de estupefacientes. Mientras que, en 1990, en "Montalvo",  el Alto Tribunal con otra integración se inclinó por castigar penalmente la tenencia simple de drogas.

    Maria Bourdin
    mbourdin@csjn.gov.ar

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    Últimos fallos
    Acordadas y resoluciones
    • 1/2025 - Integración en el marco de la causa Nro. FCT 3560/2022/12, caratulada: ?? Incidente Nro. 12 ? imputado: Celestino, Julio Argentino s/incidente de excarcelación? de la Cámara Federal de Apelaciones de Corrientes
    • 5/2025 - Integración en el marco de las causas Nros. FCT 75/2021/26/CA17 y FCT 4093/2024/CA2, de la Cámara Federal de Apelaciones de Corrientes
    • 16302/2025 - Conceder, conforme lo informado en el punto II, la licencia solicitada por la señora secretaria coordinadora de la Oficina Judicial de Mendoza, doctora Amparo GIUFFRÉ, desde el día 09/10/24 al día 15/10/24
    • 16306/2025 - Conceder, de arreglo a lo informado en el punto II, la licencia solicitada por la señora secretaria con funciones en esta Cámara Federal, doctora Gisela Lorena MORICI, el día 04 de octubre del corriente año
    • 04-04/2025 - Integración Sala III - Para los días 14 al 16 de abril del 2025.- Sorteo el día 7 de abril de 2025, a las 09.00hs.-