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La Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal, integrada por los jueces Ángela E. Ledesma, Alejandro W. Slokar y Ana María Figueroa, resolvió, por unanimidad, hacer lugar al recurso de casación interpuesto por la Unidad de Información Financiera (UIF) y, por ende, anuló la decisión dictada por la Sala II de la Cámara Federal porteña que había confirmado la resolución del juez de primera instancia que le había denegado la posibilidad de constituirse en parte querellante.
En su voto, el juez Slokar, al que adhirieron las magistradas Ledesma y Figueroa, consideró que “la vinculación entre el delito de enriquecimiento ilícito que se viene investigando como delito precedente del lavado de activos justifica la pretensión del organismo estatal para querellar en el sub judice toda vez que… la capacitación técnica específica de la UIF redundaría en un aporte orientado a los fines para los que se encuentra instituida”.
En su voto, la jueza Figueroa entendió que la UIF tiene a su cargo el análisis, tratamiento y transmisión de información con el objeto de prevenir e impedir los delitos señalados en el art. 6 de la ley 25.246, demostrando tener legitimación (art. 82 CPPN) e interés legítimo para intervenir en el proceso.