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El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires rechazó in limine este miércoles las presentaciones de dos jueces por las que recusaron a los miembros de ese alto cuerpo judicial y de tribunales inferiores, en el marco de un conflicto de poderes presentado por el Ejecutivo contra el Poder Judicial porteños.
Los planteos fueron realizados por los titulares de los juzgados en lo Contencioso Administrativo y Tributario números 6 y 13, donde cuestionaron la parcialidad de magistrados en una causa vinculada al proceso de selección para cubrir una vacante en el Máximo Tribunal de la Ciudad.
Para el Tribunal Superior, las recusaciones son “inadmisibles”, pues en el caso “los jueces no han sido convocados a defender derechos ni responsabilidades personales sino su visión acerca de los alcances de su competencia funcional”.
“Dicho de otro modo, en tanto los jueces han sido convocados en su carácter de órgano institución y no como titulares de derechos subjetivos, la recusación intentada que, por regla, resulta improcedente respecto de los jueces del TSJ, queda, aun con mayor evidencia, huérfana de sustento”, agregó.
En particular, la jueza del Juzgado Nº 6 dirigió la recusación contra los jueces Ana María Conde, Luis Lozano, José Osvaldo Casás, Elizabeth Marum, Inés Weinberg de Roca y los restantes magistrados del Poder Judicial de la Ciudad que puedan ser designados para la integración de dicho Tribunal.
Fundamentó su planteo en que la demanda interpuesta por el Ejecutivo se origina en un conflicto de poderes en contra del Poder Judicial de la Ciudad y que al formar parte el Tribunal Superior de ese poder se afecta la garantía constitucional del derecho a un debido proceso.
En tanto, el titular del Juzgado N° 13 planteó recusación contra los jueces Ana María Conde, José Osvaldo Casás, Luis Lozano, Elizabeth Marum, Inés Weinberg de Roca y todos los restantes jueces de primera y segunda instancia de los fueros Contencioso Administrativo y Tributario y Penal, Contravencional y de Faltas de la Ciudad.
En sustancia, basó su recusación en que las manifestaciones vertidas por los integrantes del Tribunal en la resolución del 3 de noviembre último, “provocan la afectación directa e inmediata de los arts. 18 de la CN y 13 de la CCBA que comprometen el derecho a ser juzgado por un magistrado imparcial”.