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La Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió este martes desestimar, por incumplimiento de los requisitos fijados en la Acordada 4/2007, el recurso de hecho deducido por la defensa de Lázaro Báez en la causa en la que se investiga la posible comisión del delito de lavado de activos.
En el caso, la defensa de Lázaro Báez había apelado la decisión del juez federal por la que se hizo lugar al pedido de la Dirección Nacional de Vialidad y se designó a su administrador nacional como depositario judicial de los rodados y equipos viales sujetos a embargo en las actuaciones, propiedad de Austral Construcciones S.A. y Kank Y Costilla S.A., con posibilidad de ser utilizados, en el marco de las medidas de cautela patrimonial adoptadas respecto de esas firmas, como consecuencia del procesamiento del recurrente por lavado de dinero. El rechazo de las vías recursivas dio origen, finalmente, a la intervención de la Corte.