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El Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº 1 de Córdoba, integrado por los jueces Jaime Díaz Gavier y Julián Falcucci, resolvió este jueves en el marco de la causa N°172/2009, denominada “Videla – UP1” y en relación con la aplicación de la Ley denominada “2x1” formulada por el condenado Luciano Benjamín Menéndez, no hacer lugar a la rectificación de cómputo de pena con aplicación del art. 7 de la Ley 24.390 y en consecuencia denegar la excarcelación del nombrado (Arts. 2 y 13 del Código Penal contariu sensu y art. 317 inc. 5 del C.P.P.N., art.1 de la Ley 27.362).