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La Sala II de la Cámara Nacional en lo Criminal y Correccional Federal, integrada por los jueces Eduardo G. Farah y Jorge Ballestero, rechazó la recusación del camarista Martin Irurzun intentada por la defensa de Oscar Parrilli, en la causa 481/16 -seguida contra Parrilli por encubrimiento en favor de Esteban I. Pérez Corradi-.
La defensa de Parrilli funda su pedido en la difusión pública del contenido de escuchas telefónicas ordenadas por el juez Lijo, hechos respecto de los cuales -según expuso- se iniciaron actuaciones penales -por denuncia del mencionado juez- y administrativas -ante la Corte Suprema-.
Los camaristas descartaron que el juez Irurzun esté en una situación objetiva que funde un temor de parcialidad sobre su actuación, básicamente porque la imputación objeto de la causa es diferente a la que tiene que ver con la difusión de las escuchas (actualmente a cargo de Canicoba Corral). De ahí que la función institucional que cumple Irurzun en la oficina de interceptaciones no constituya razón suficiente para apartarlo.
Según el trámite habitual, ahora la Sala II -con su integración permanente- está en condiciones de continuar con los pasos procesales previos para la definición del planteo de recusación del juez Lijo y de las apelaciones de la defensa y el fiscal contra el procesamiento sin prisión preventiva de Parrilli en esta causa.