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    Impuesto a las Ganancias: informe de la Secretaría de Administración de la Corte sobre la situación de magistrados, funcionarios y empleados del Poder Judicial frente a los proyectos de ley

    Se trata de un informe realizado ante consultas recibidas, sin que implique emitir opinión sobre la conveniencia o cualquier otro aspecto sobre el tema

    En el proyecto originariamente aprobado por la Cámara de Diputados se incluyó una norma para el pago de Ganancias en el Poder Judicial: quienes ingresen en el año 2017 pagan, los anteriores están exentos.

    Interpretada estrictamente, excluía a los fiscales, defensores, empleados y funcionarios. La consecuencia es que pagarían el Impuesto a las Ganancias no solo quienes ingresen a partir de 2017, sino todos los que ya están en funciones: empleados, funcionarios, fiscales, defensores, jubilados.

    La cuestión fue modificada por el Senado de la Nación; dice:

    "5.- Sustitúyese los incisos a) y c) del Artículo 79, por los siguientes:

    a) Del desempeño de cargos públicos nacionales, provinciales, municipales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sin excepción, incluidos los cargos electivos de los Poderes Ejecutivos y Legislativos. En el caso de los Magistrados, Funcionarios y Empleados del Poder Judicial de la Nación y de las Provincias y del Ministerio Público de la Nación cuando su nombramiento hubiera ocurrido a partir del año 2017, inclusive.

    c) De las jubilaciones, pensiones, retiros o subsidios de cualquier especie en cuanto tengan su origen en el trabajo personal y en la medida que hayan estado sujeto al pago del impuesto, y de los consejeros de las sociedades cooperativas."

    De este modo, de aprobarse esta norma, queda claro que todos los empleados, funcionarios, fiscales, defensores, magistrados que están en funciones no pagarán el impuesto. En cambio, quienes ingresen a partir de 2017 estarán obligados a pagarlo.

     

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    Últimos fallos
    Acordadas y resoluciones
    • 1/2025 - Integración en el marco de la causa Nro. FCT 3560/2022/12, caratulada: ?? Incidente Nro. 12 ? imputado: Celestino, Julio Argentino s/incidente de excarcelación? de la Cámara Federal de Apelaciones de Corrientes
    • 5/2025 - Integración en el marco de las causas Nros. FCT 75/2021/26/CA17 y FCT 4093/2024/CA2, de la Cámara Federal de Apelaciones de Corrientes
    • 16302/2025 - Conceder, conforme lo informado en el punto II, la licencia solicitada por la señora secretaria coordinadora de la Oficina Judicial de Mendoza, doctora Amparo GIUFFRÉ, desde el día 09/10/24 al día 15/10/24
    • 16306/2025 - Conceder, de arreglo a lo informado en el punto II, la licencia solicitada por la señora secretaria con funciones en esta Cámara Federal, doctora Gisela Lorena MORICI, el día 04 de octubre del corriente año
    • 2-25/2025 - Acordada n° 2/25 de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, relativa al fallecimiento del Dr. Tomás Hutchinson.