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La Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal, integrada por los jueces Ana María Figueroa, Mariano Hernán Borinsky y Gustavo M. Hornos, en la causa caratulada “De Lara, Ramón Daniel s/ infracción ley 26.364 en concurso real con infracción ley 23.737” confirmó la condena a 12 años de prisión por el delito de trata de personas en la modalidad de acogimiento con fines de explotación sexual de mujeres, mayores y menores de edad, agravado por haber mediado engaño y abuso de una situación de vulnerabilidad.
Durante el trámite en casación se discutió el conocimiento del imputado sobre la minoría de edad de la víctima y se aclaró que “la norma incluye el supuesto en el cual el imputado no conoce con certeza la edad de la víctima pero se representa como probable que la víctima (por su aspecto físico, por su conducta o por su historia de vida, etc.) pueda ser menor, lo cual, o bien le resulta indiferente o bien, incluso, le resulta más atractivo para el negocio”, por lo que se concluyó a partir del análisis del acervo probatorio que, en el caso, “el imputado conocía la minoría de edad de edad de G. o se lo representaba como posible y lo aceptaba”.