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    Procesan a 28 imputados y disponen el decomiso de bienes en una causa por lavado de dinero

    Lo ordenó el juez Santiago Inchausti, a cargo del Juzgado Federal N° 3 de Mar del Plata. Dispuso la prisión preventiva de 14 de los procesados y mandó trabar embargos por sumas de hasta 10 millones de pesos

    El Juzgado Federal nº 3 de Mar del Plata, a cargo del juez Santiago Inchausti, decretó los procesamientos de 28 personas –14 de ellas con prisión preventiva– y dispuso el decomiso definitivo y anticipado y también provisorio de bienes muebles e inmuebles en el marco de la causa nº 6.228, caratulada “Mariscal Juan Manuel y otros s/ inf. ley 23.737” en donde se investigan maniobras de lavado dinero agravadas, conforme lo normado en el art. 303, incº 1º y 2º del CP.

    La hipótesis introducida en la causa consistió en investigar a dos grupos compuestos por personas organizadas vinculadas o allegadas entre sí, que producto de actividades ilícitas, particularmente relacionadas al narcotráfico, y sin ningún tipo de actividad comercial lícita que los avale, conformaron, con habitualidad, a partir del año 2011/2012 un patrimonio (consistente básicamente en bienes muebles, rodados particularmente, e inmuebles) originado en esa actividad ilícita,  poniéndolo en circulación en el mercado local mediante diversos negocios jurídicos –con intervención de personas jurídicas y/o físicas –  logrando que adquieran así la apariencia de un origen lícito. Es decir, la investigación se orientó a constatar la existencia de conductas vinculadas a la ocultación de bienes adquiridos producto de las ganancias que dejaría actividades tales como el tráfico ilícito de estupefacientes mediante maniobras de compra de inmuebles y compra, venta y transferencia de rodados, muchos de ellos de alga gama, dando a ellas una apariencia lícita cuando su origen sería espurio.

    La causa cuenta con 284 autos secuestrados y cinco inmuebles afectados. De esa nómina se dispuso el decomiso definitivo y anticipado respecto de un inmueble y 13 vehículos, en los términos del artículo 23 y 305, segundo párrafo del Código Penal –incorporado por ley 26.683- y 12 de la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional, aprobada por ley 25.632, art. 145 del CPCCN y 150 del CPPN). En tanto, se dispuso el decomiso preventivo de cuatro inmuebles y 27 rodados (art. 23 y 305 del CP). El resto de los bienes afectados siguen secuestrados en el marco de la presente causa a la espera de analizar la documentación incautada en tales procedimientos.

    Finalmente, a las personas procesadas, se les fijó un embargo de diez millones de pesos ($10.000.000).

     

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