X
X
/
    corte suprema de justicia de la nación cámara federal de casación penal sala iv cámara federal de casación penal cámara federal de casación penal régimen de subrogancias cámara federal de casación penal cámara federal de casación penal cámara federal de casación penal tribunal oral en lo penal económico n° 3 cámara federal de casación penal juzgado federal n° 3 de mar del plata cámara nacional de apelaciones en lo criminal y correccional cámara nacional de apelaciones en lo criminal y correccional
    X
    corte suprema de justicia de la nación cámara federal de casación penal sala iv cámara federal de casación penal cámara federal de casación penal régimen de subrogancias cámara federal de casación penal cámara federal de casación penal cámara federal de casación penal tribunal oral en lo penal económico n° 3 cámara federal de casación penal juzgado federal n° 3 de mar del plata cámara nacional de apelaciones en lo criminal y correccional cámara nacional de apelaciones en lo criminal y correccional
    X

    Suspendieron el juicio a prueba en causa por el Banco Patricios

    Lo dispuso el Tribunal Oral Federal N° 3 de la Capital con consentimiento de la fiscalía y la querella. Se impuso el pago de una suma de dinero en concepto de reparación del daño y la realización a un grupo de imputados de tareas comunitarias

    El Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 3, integrado por los jueces Andrés Fabián Basso, Javier Feliciano Ríos y Fernando Machado Pelloni, en el marco de la causa Nro. 1152/09, caratulada “Spolski, Alberto Miguel y otros s/ estafa” (Banco Patricios), concedió el pasado 26 de agosto, con consentimiento de la fiscalía y la querella, la suspensión del juicio a prueba a Alberto Miguel Spolski, Sergio Fryd, Héctor Mario Kleiman, Alejandro Bilik y Carlos Alberto Ungar, por el término de dos años, imponiéndole a los tres primeros la obligación de realizar tareas comunitarias.

    Asimismo, el tribunal oral, que también lleva adelante el juicio oral y público en la causa del Banco Mayo, dispuso que los imputados abonen a la querella unificada ocho millones quinientos mil pesos ($ 8.500.000), en concepto de reparación del daño que habrían ocasionado, suma que fue aceptada por esa parte.

     

    38
    Últimos fallos
    Acordadas y resoluciones