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La Corte Suprema de Justicia de la Nación desestimó la queja interpuesta por la defensa del General del Ejército (RE) Pedro Pablo Mansilla, que había cuestionado la decisión de la Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata, por haber admitido como parte querellante a la Secretaría de Derechos Humanos de la provincia de Buenos Aires, en el marco de la causa en la que se investiga el secuestro y desaparición de Carlos Labolita, ocurrido en la localidad de Las Flores, en el año 1976.
Los ministros Lorenzetti, Highton, Petracchi, Maqueda y Zaffaroni tuvieron en cuenta que el recurso extraordinario cuya denegación había originado sus intervenciones en la causa, no se dirigía contra una sentencia definitiva o equiparable a tal (art. 15 de la ley 48). La Dra. Argibay, por su parte, consideró que el recurso era inadmisible sobre la base de lo dispuesto en el art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.
Informe de Prensa Nº 82 Buenos Aires, 9 de junio de 2009