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    Lesa humanidad: revocan detención domiciliaria de un acusado por crímenes en Mar del Plata

    Lo decidió el juez federal Santiago Inchausti. Se trata de José Bujedo, procesado por el delito de homicidio calificado, entre otros. Es por salir de su domicilio sin autorización. Se dispuso su traslado al Complejo Penitenciario Federal de Marcos Paz

    El Juzgado Federal Nº 3 de Mar del Plata, a cargo del juez Santiago Inchausti, revocó el arresto domiciliario que venía cumpliendo desde el mes de junio de 2011 el imputado José Francisco Bujedo, quien actualmente se encuentra procesado por delitos de lesa humanidad en el marco de la causa nº 4447, caratulada “Malugani Juan Carlos y otros s/homicidio calificado”, en donde se investigan privaciones ilegales de la libertad, tormentos y homicidios calificados en perjuicio de 154 víctimas, acaecidos en el Área comandada por la Agrupación Artillería de Defensa Aérea 601 (AADA 601)  de la Subzona 15 y cometidos dentro del centro clandestino que funcionó en la sede de la Base Naval de esa ciudad, como así también en los centros asentados en la Escuela de Suboficiales de la Infantería de Marina (ESIM), y en la Prefectura Naval Argentina (PNA).

    En efecto, a raíz de información y fotografías arribadas al juzgado, se determinó que el pasado 4 de septiembre el nombrado salió de su domicilio sin la correspondiente autorización judicial, motivo por el cual se acreditó que Bujedo quebrantó injustificadamente la obligación de permanecer en el domicilio que se le fijó para cumplir su arresto domiciliario, disponiéndose su traslado al Complejo Penitenciario Federal II de Marcos Paz.

    Debe recordarse que el nombrado se encuentra actualmente procesado por los delitos de privación ilegal de la libertad doblemente agravada por mediar violencia y amenazas lo que a su vez concurre materialmente con imposición de tormentos agravada por haber sido cometidos en perjuicio de perseguidos políticos (15 hechos), en concurso real con los delitos de privación ilegal de la libertad doblemente agravada por mediar violencia y amenazas e imposición de tormentos agravada por haber sido cometidos en perjuicio de perseguidos políticos y homicidio calificado (3 hechos), todo ello en calidad de coautor.

     

     

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