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    Lecciones de redacción: el condicional I

    En el documento adjunto se encontrará la primera lección sobre el condicional, del módulo 22 de las lecciones de redacción. El envío de la lección por email se realiza el primer viernes de cada mes

    Lecciones de redacción para magistrados y funcionarios judiciales

    Lección n.º 104

    (Módulo n.º 22: el condicional)

      

                    En esta lección analizaremos las características generales del tiempo condicional.

      

     

    El tiempo condicional

              En 1931 la Real Academia Española consideraba al potencial como uno de los modos del verbo. Desde 1973 el criterio cambia y se lo incluye entre los tiempos del modo indicativo, con el nombre de condicional. El condicional es una pareja de tiempos, uno simple y otro compuesto.

     

     

    Condicional imperfecto o simple

    a)         Expresa acción futura en relación con un verbo principal en tiempo pasado que sirve de punto de referencia:

                Declaró que se negaría a prestar testimonio.

    b)         Se emplea en la apódosis (oración principal de los períodos condicionales) de las oraciones condicionales:

                Si se hiciera ese trabajo, se comprobarían algunos testimonios.

    c)         Se utiliza para expresar probabilidad, hipótesis o conjetura referidas al pasado. Funciona con un valor temporal equivalente al del pretérito imperfecto:

                Serían las 11 de la mañana cuando entró a la sala de audiencias.

    d)        Se emplea en ciertos giros o fórmulas de cortesía para suscitar la benevolencia del interlocutor:

                Desearía hablar con usted un segundo.       

                Querríamos pedir una prórroga del plazo habitual de entrega.

              Cuando el verbo es desear, necesitar, poder, valer o convenir, el condicional puede sustituirse por el pretérito imperfecto de indicativo (Deseaba hablar con usted…). Si el verbo es querer o deber, puede remplazarse por el imperfecto de indicativo o de subjuntivo (Quisiera pedir…). 

    e)         Se utiliza con verbos modales como poder, deber, querer:

                Antes de llenar ese formulario deberías leer todo lo que dice.

                 

    Usos que deben evitarse:

                No es recomendable emplear el “condicional de rumor” que suele aparecer en los titulares de los periódicos, y que expresa duda, posibilidad o un hecho eventual, porque es un galicismo. En conveniente utilizar otros giros verbales o nominalizaciones.

                * Los integrantes del tribunal estarían dispuestos a dictar sentencia pronto.

                 Los integrantes del tribunal parecen estar dispuestos a dictar sentencia pronto.

                También debe evitarse el empleo de la fórmula yo diría que con la que se inician respuestas en diálogos y entrevistas. En cambio, es posible reemplazarla por pienso, creo, opino o expresiones similares.

               

     

    Condicional perfecto o compuesto

    a)         Expresa acción futura en relación con un verbo principal en tiempo pasado, pero, a diferencia del condicional simple, el perfecto enuncia el hecho como terminado:

                Todos supusieron que el conflicto habría terminado.

    b)         Se usa en la apódosis (oración principal de los períodos condicionales) de las oraciones condicionales que indican acción imposible o no cumplida, en correlación con el pretérito imperfecto del subjuntivo:

                Si hubiera propuesto otros argumentos, su exposición habría sido más completa.

    c)         Se usa con valor de probabilidad:

                Él habría dicho que escuchó la discusión entre el imputado y su pareja.

     

     

     

     

     

    Bibliografía:

    _ Belluscio, Augusto C., Técnica jurídica para la redacción de escritos y sentencias. Reglas gramaticales, Buenos Aires, La Ley, 2006.

    _ García Negroni, María Marta, Laura Pérgola y Mirta Stern, El arte de escribir bien en español. Manual de corrección de estilo, Buenos Aires, Santiago Arcos, 2004.

    _ Hall, Beatriz, Ricardo Santoni y Mirta Stern, Comunicación verbal y escrita. Introducción a la expresión oral y escrita. Aspectos gramaticales, textuales y discursivos del discurso académico, Buenos Aires, LEUKA, 2000.

    _ Labrada, Pelayo Ariel, Terminología Forense [en línea], http://www.terminologiaforense.com.ar/princip.htm [consulta: 04 de junio de 2013].

    _ Moliner, María, Diccionario de uso del español, Madrid, Gredos, 1998.

    _ Procuración del Tesoro de la Nación, Manual de estilo, Buenos Aires, Procuración del Tesoro de la Nación, 1998.

    _ Real Academia Española, Diccionario panhispánico de dudas, Madrid, Espasa-Calpe, 2005.

    _ Real Academia Española, Nueva gramática de la lengua española. Manual, Buenos Aires, Espasa, 2010.

    _ Seco, Manuel, Diccionario de dudas y dificultades de la lengua española, Madrid, Espasa Calpe, 1986.

     

     

     

    Consultas:

    Si quiere realizar consultas o desea hacer sugerencias, puede enviar un mensaje a la dirección de correo: sgaldos@csjn.gov.ar.

     

    Recomendación:

    Cuando tenga dudas de orden gramatical o necesite información sobre el uso de alguna palabra o expresión, le recomendamos consultar en Internet el Diccionario panhispánico de dudas. Se encuentra disponible en la siguiente página web: http://buscon.rae.es/dpdI.

                También se puede consultar el Diccionario de dudas del español de la Fundación del Español Urgente (Fundéu) en: http://www.fundeu.es/vademecum.html.

     

     

     

     

    Responsable de las Lecciones de redacción

    Sebastián Galdós (Licenciado en Letras de la UBA)

    sgaldos@csjn.gov.ar

    Centro de Información Judicial

    Corte Suprema de Justicia de la Nación

    Tel. (54) 11 4370-4600 int. 4809

    Talcahuano 550

    Ciudad de Buenos Aires

    Argentina

     

     

     

     

     

     

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