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    Se realizó una audiencia en una causa en Córdoba por crímenes de lesa humanidad

    Fue este lunes, ante la Cámara Federal de Apelaciones de esa ciudad, en el marco de la causa “Maffei”. Las defensas solicitaron que se revoquen los procesamientos. En el caso se investigan secuestros y tormentos en La Perla, La Perla Chica, La Ribera y D2

    En el marco del expediente “MAFFEI. Enrique Alfredo y otros p.ss.aa. privación ilegítima de la libertad agravada, imposición de tormentos agravados y homicidio agravado” (Expte. 201/2012), se realizó este lunes la segunda jornada de la  audiencia oral y pública para resolver los recursos articulados en contra de los procesamientos dictados por el Juzgado Federal N° 3.

    El tribunal, integrado por los jueces Carlos Julio Lascano, Abel Guillermo Sánchez Torres y José María Pérez Villalobo, escuchó los informes orales de los abogados defensores.

    En primer lugar informó Ernesto Gaudín, defensor de Carlos Yanicelli y José Yañez, quien señaló falencias en la resolución de primera instancia y aseguró que se sólo se han intimado a los imputados por hechos encuadrados como delitos para el derecho interno. 

    Sostuvo que el tribunal no aclaró que se trataba de delitos de lesa humanidad imprescriptibles, por lo que  se estaría  introduciendo un elemento que no fue integrado en el decreto de imputación al no declarar la naturaleza de delito de lesa humanidad.

    “Hay una gran confusión en lo que atañe a las circunstancias de tiempo, modo y lugar en los que actuaron mis defendidos, porque se dilata en el tiempo y es muy difícil una definición jurídica”, señaló el defensor.

    Solicitó que se dicte el sobreseimiento en favor de sus defendidos,  haciendo reservas de casación y caso federal.

    En segundo término expusieron los letrados Juan Carlos Belagardi y Mauricio Zambiazzo, miembros de la Unidad de Letrados Móviles de la Defensoría General de la Nación, en representación de Luciano Benjamín Menéndez, Miguel Angel Gómez,  Carlos Alberto Díaz, Luis Cayetano Quijano, Emilio Morard, Arnoldo López, Héctor Raúl Romero, Ricardo Lardone, Ricardo Cayetano Rocha, Juan Eusebio Vega, José Andrés Tófalo, Enrique Alfredo Maffei, Wenceslao Ricardo Claro, Antonio Reginaldo Castro, Rubén Osvaldo Brocos y Oreste Valentín Padován.

    En primer lugar solicitaron la extinción de la acción penal contra Carlos Checchi por fallecimiento y se opusieron a una solicitud de la Fiscalía de ampliar la imputación por delitos de índole sexual considerando que ese pedido es extemporáneo.

    Luego de exponer acerca de la normativa vigente en torno a la prescripción penal, plantearon el pedido de sobreseimiento para sus asistidos.

    Con respecto al caso concreto de Castro, aseguraron que era un simple cabo de la Policía de Bell Ville, que no podía negarse a cumplir una orden de la superioridad  y que su imputación se basa en dichos “de oídas”, de un testigo indirecto.

    Aseguraron que al no brindar los fundamentos en los decisorios, la argumentación en contra de los mismos no se puede realizar, y eso lesiona el derecho de defensa.

    “Simplemente el sentenciante dice que estima probado con el grado de probabilidad requerida, pero nunca explica qué entiende como probabilidad... Una simple descripción no tiene la entidad suficiente para brindar una fundamentación”, indicaron los defensores en su exposición.

    Agregaron que “no se han brindado al justiciable las razones para que él pueda impugnar o controvertir y las que le van a  servir para controlar la razonabilidad de la imputación. Hay confusión entre probabilidad y posibilidad”.

    Por último solicitaron que se sobresea a Tofalo, por haber estado bajo arresto al momento de los hechos investigados, a Claro por no haber cometido los hechos que se le imputan, ya que ningún testigo menciona su característica física mas notoria que era una gran dificultad para movilizarse y a Padovan por el principio de non bis in idem.

    A su turno, el abogado Carlos Villanueva (h.), en defensa del imputado  Carlos Enrique Villanueva, compartió los considerandos de la defensa oficial y aseguró que el fallo vulnera el debido proceso, el derecho de inocencia, de libertad y de igualdad.  Criticó la fundamentación, en especial la violación del principio de razón suficiente.

    Aseguró que la función del área de inteligencia no era  la guarda de detenidos y que  esto surge de múltiples pruebas por lo que  pidió la  incorporación a la prueba de la declaración indagatoria de Sasiain en la causa “Ríos”.

    Al terminar su alocución solicitó el sobreseimiento, la prescripción y nulidad del procesamiento para su defendido.

    El tribunal pasó  cuarto intermedio hasta el próximo 29 de abril, a las 12, cuando se procederá a la lectura de la resolución.


    Datos de la causa

    En la presente causa se investiga la presunta comisión de ciento cincuenta hechos que fueran calificados legalmente como privación ilegítima de la libertad agravada e imposición de tormentos agravados cometidos en perjuicio de numerosas víctimas.

    Los mencionados hechos habrían tenido lugar en diversos centros clandestinos de detención tales como La Perla, La Ribera, La Perla Chica o Malagueño y, en algunos casos, en dependencias policiales del interior provincial y en el Departamento de Informaciones (D2) de esta ciudad.

    Asimismo se encuentran imputados por los referidos hechos personal del Ejército, incluyendo el Estado Mayor de la IV Brigada de Infantería, y personal policial que se desempeñaba en la época.


    Imputados

    Luciano Benjamín Menéndez, Miguel Angel Gómez, Luis Gustavo Diedrichs, Carlos Alberto Díaz, Luis Cayetano Quijano, Emilio Morard, Arnoldo López, Héctor Raúl Romero, Ricardo Lardone, Ricardo Cayetano Rocha; Carlos Alfredo Yanicelli, Luis Manzanelli, José Hugo Herrera, Jorge Exequiel Acosta, Ernesto Barreiro, Juan Eusebio Vega , José Andrés Tófalo, Enrique Alfredo Maffei, Wenceslao Ricardo Claro, Antonio Reginaldo Castro, Rubén Osvaldo Brocos, Ítalo César Pasquini, Luis Santiago Martella, Oreste Valentín Padován, José Luis Yañez, Carlos Alberto Lucena , Carlos Enrique Villanueva.


     

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