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    La Corte rechazó planteos de acusados por crímenes de lesa humanidad

    Fue en el acuerdo de este martes. Entre otras presentaciones está una queja contra el rechazo a la excarcelación de Carlos Amadeo Marandino, quien fuera condenado el año pasado a prisión perpetua en la causa por la “Masacre de Trelew”. Fallos completos

    Carlos Amadeo Marandino (fallo completo)

    En el expediente M.1460.XLVIII, la Corte Suprema de Justicia rechazó la queja que por recurso extraordinario denegado interpuso la defensa de Carlos Amadeo Marandino. En cuanto al fondo del asunto, la parte venía recurriendo la decisión del Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Comodoro Rivadavia que denegó la excarcelación del nombrado, quien registra una condena a prisión perpetua como autor de 16 fusilamientos de presos políticos y por el intento de otros tres en el año 1972, en la base Almirante Zar de Trelew. Los ministros Ricardo Lorenzetti, Enrique Petracchi, Juan Carlos Maqueda y Raúl Zaffaroni consideraron que la presentaci6n era inadmisible (art. 280, CPCYCN).


    Enrique Braulio Olea (fallo completo)

    En el expediente R.904.XLVIII, la Corte Suprema de Justicia rechazó la queja que por recurso extraordinario denegado interpuso la defensa de Enrique Braulio Olea. En cuanto al fondo del asunto, se trata de un planteo de nulidad respecto de la confección del acta de deliberación del debate oral y público donde se condenó al nombrado -jefe de Área de Seguridad 5.2.1 y del Batallón de Ingenieros 181 de Neuquén- como partícipe necesario de los delitos de privación ilegal de la libertad doblemente agravada por el uso de violencia y duración por más de un mes (17 hechos), aplicación de tormentos psíquicos y físicos agravada por resultar las víctimas perseguidos políticos (17 hechos) y asociación ilícita, a la pena de 25 años de prisión; hechos que se cometieron durante el último gobierno militar en el centro clandestino de detención denominado “La Escuelita”, que funcionó en el Comando VI Brigada de Montaña y calificados como de lesa humanidad. Los ministros Enrique Petracchi, Juan Carlos Maqueda, Raúl Zaffaroni y Carmen Argibay, consideraron que la presentación era inadmisible (art. 280, CPCyCN).


    Luis Alberto López (fallo completo)

    En el expediente L.560.XLVII, la Corte Suprema de Justicia rechazó la queja que por recurso extraordinario denegado interpuso la defensa. En cuanto al fondo del asunto, la parte venía recurriendo la decisión de la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba que revocó el pronunciamiento del juzgado instructor por el que había dispuesto el sobreseimiento de Luis Alberto López -por el delito de homicidio calificado en grado de partícipe necesario, con relación a las víctimas Pucheta y Sgandurra, calificados como de lesa humanidad, ocurridos durante el ultimo gobierno militar- y ordenó su elevación a juicio.

    Al tiempo de comisión de los sucesos -mayo de 1976- el nombrado era subteniente del Regimiento de Infantería Aerotransportada 11, relacionándose los hechos investigados con la denominada “D.2” -Departamento de Informaciones Policiales de la Provincia de Córdoba-. Los ministros Elena Highton de Nolasco, Carlos Fayt, Enrique Petracchi, Juan Carlos Maqueda y Carmen Argibay consideraron que la presentación era inadmisible (no había dado cumplimiento con la acordada de la CSJN 4/2007).


    Ricardo Alberto Ramón Lardone (fallo completo)

    En el expediente M.1377.XLVIII, la Corte Suprema de Justicia rechazó la queja que por recurso extraordinario denegado interpuso la defensa de Ricardo Alberto Ramón Lardone. En cuanto al fondo del asunto, la parte venía recurriendo la decisión del Tribunal Oral en lo Criminal Federal n° 1 de Córdoba que en la causa conocida como “Tercer Cuerpo de Ejercito” resolvió condenar al nombrado Lardone como coautor por dominio de la acción de los delitos de privación ilegítima de la libertad calificada por tratarse de funcionario público, agravada por el uso de violencia, por la duración (más de un mes) y por haberse cometido para compeler a la víctima a hacer, no hacer o tolerar algo a lo que no estuviese obligada (tres hechos en concurso real); imposición de tormentos agravada por la condición de perseguido político de la víctima (cuatro hechos en concurso real) y coautor funcional de homicidio doblemente calificado por alevosía y por el concurso de una pluralidad de partícipes (cuatro hechos en concurso real), todo en concurso real, a la pena de prisión perpetua. Los ministros Elena Highton de Nolasco, Enrique Petracchi, Juan Carlos Maqueda y Raúl Zaffaroni consideraron que la presentación era inadmisible (art. 280, CPCyCN).


    Ángel José Gómez Pola (fallo completo)

    En el expediente G.1092.XLVIII, la Corte Suprema de Justicia rechazó la queja que por recurso extraordinario denegado interpuso la defensa de Ángel José Gómez Pola. En cuanto al fondo del asunto, la parte venía recurriendo la decisión del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal n° 3 que prorrogó la prisión preventiva del nombrado, a quien se le atribuyen delitos de privación ilegítima de la libertad e imposición de tormentos, que se habrían dado en el ámbito de la Subzona 12, abarcando la ciudad de Junín y aledaños, todos calificados como de lesa humanidad y ocurridos durante el último gobierno militar. Los ministros Elena  Highton de Nolasco, Enrique Petracchi, Juan Carlos Maqueda y Raúl Zaffaroni consideraron que la presentación era inadmisible (art. 280, CPCYCN).

     

     

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    Acordadas y resoluciones